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Procédure collective
CALEFACCIONES LUAR SL
CIF B15353204Voir la fiche société →
- Publications
- 5 — 27/05/2013 → 24/05/2022
- Procédure
- 180/2013 · 180/2.013
- Tribunal
- Mercantil - 1 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA · Jdo. de lo Mercantil n. 1 de A Coruña
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso24/05/2022⚖️ Mercantil - 1Proc. 180/2013Juge : FERNANDO SANTISO VAZQUEZOrdonnance 24/03/2022
AUTO CONCLUSION CONCURSO
- Otro acto concursal19/04/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA Proc. 180/2.013Ordonnance 24/03/2022
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Conclusión del concurso19/04/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA Proc. 180/2.013Juge : FRANCISCO CANO MARCOOrdonnance 24/03/2022
AUTO DECL CNC CON PLAN LIQ
- Otro acto concursal14/05/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA Proc. 180/2.013Juge : TEODORO LADRON ROAOrdonnance 24/03/2022
AUTO DE APERTURA FASE DE LIQUIDACIÓN
- Declaración de concurso27/05/2013⚖️ Jdo. de lo Mercantil n. 1 de A CoruñaProc. 180/2013Ordonnance 09/05/2013
Edicto Domingo Villafáñez García, Secretario Judicial de Jdo. de lo Mercantil n. 1 de A Coruña, por el presente hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración Concurso 180/2013 y NIG n.º 15030 47 1 2013 0000331 se ha dictado en fecha 9 de mayo de 2013 Auto de Declaración de Concurso Voluntario-Abreviado del deudor Calefacciones Luar, S.L.U., domiciliada en Rúa do Lindeiro, número 40, bajo, Barrio de Meixonfrio, Santiago de Compostela, A Coruña, CIF B-15353204. 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo la deudora. Se ha designado, como Administración Concursal al letrado de Santiago Álvaro Otero Schmitt, con dirección profesional en C/ General Pardiñas, 22-24, 4º A, CP 15701, y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el articulo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. A Coruña, 10 de mayo de 2013.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.