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Procédure collective
CANARISAC SL EN LIQUIDACION
CIF B35734383Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 14/12/2016 → 16/04/2021
- Procédure
- 215/2016 · 22/2003
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso16/04/2021⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAOrdonnance 13/04/2021
Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil Nº 1 de Las Palmas, por el presente, Hace saber: Que en el procedimiento concursal número 215/21, se ha dictado auto declarando la conclusión del concurso de la mercantil Canarisac, S.L., con CIF B35734383, y cuya parte dispositiva el del tenor literal siguiente: Se declara la CONCLUSIÓN del concurso de CANARISAC, S.L., por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, con los siguientes efectos: 1.- Cesarán las limitaciones sobre las facultades de administración y de disposición del concursado y cesará la Administración concursal. 2.- Se acuerda el archivo de las actuaciones, sin más excepciones que las establecidas en esta ley. 3.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica concursada y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil de Las Palmas, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme. Las Palmas de Gran Canaria, 13 de abril de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Águeda Reyes Almeida.
- Otro acto concursal04/11/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 215/2016Juge : ANTONIO JOSE JIMENEZ HURTADOOrdonnance 04/02/2020
ADMISION A TRAMITE
- Apertura de liquidación14/05/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 215/2016Juge : MARIA TERESA TRINIDAD SANTOSOrdonnance 04/02/2020
Se declara en concurso voluntario a la mercantil MARIO'S Y LA LUNA DE VITORIA S.L.. Se declara concluso el concurso por insuficiencia de la masa activa.
- Declaración de concurso14/12/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 22/2003Ordonnance 13/09/2016
Edicto D./Dña. Águeda Reyes Almeida, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria, Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000215/2016, seguido a instancias del Procurador/a D./Dña. Zaida María Santana de Vera, en nombre y representación de Canarisac, S.L., se ha dictado auto el día 13 de septiembre de 2016, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se declara el concurso de Canarisac, S.L. con CIF n.º B35734383, el que se tramitará por el procedimiento abreviado. A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario. Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y en el Boletín Oficial del Estado. Se designa como Administrador del concurso a: D. Oliverio Trujillo Paz, como economista, el cual ha designado como domicilio postal C/ Luis Doreste Silva, 18 B - 3.º izquierda, 35004 Las Palmas de Gran Canaria, teléfono: 928-918689, fax: 928-292925, y dirección electrónica [email protected] En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; la intervención de la administración concursal. Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC). D./Dña. Alberto López Villarrubia, Magistrado-Juez. D./Dña. Águeda Reyes Almeida, Letrado/a de la Administración de Justicia. - Firmados y rubricados. Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto. Las Palmas de Gran Canaria, 29 de noviembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.