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Procédure collective
CANTALEJO MATERIALES SL
CIF B11753936Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 27/09/2012 → 08/08/2023
- Procédure
- 535/2012
- Tribunal
- Mercantil - 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Cádiz
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso08/08/2023⚖️ Mercantil - 1Proc. 535/2012Juge : ANA MARIN HERREROOrdonnance 21/06/2023
CONCLUSION
- Otro acto concursal27/09/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de CádizProc. 535/2012Ordonnance 17/07/2012
Edicto Doña Covadonga Herrero Udaondo, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Cádiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Anuncia 1.º-Que en el procedimiento número 535/2012, con NIG 1101242M20120000414. por auto de 17 de julio de 2012 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Cantalejo Materiales, S.L. (CIF B-11753936) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Parque Empresarial Oeste, calle Jardinería 11-17, de Jerez de la Frontera. 2.º-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º-Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. A estos efectos se informa que la Administración concursal designada ha sido don Aurelio Gurrea Chale, con domicilio postal en C/ Larios, n.º 10, 3.º A y B (29001) de Málaga y dirección electrónica [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Cádiz, 17 de septiembre de 2012.- Secretaria judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.