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Procédure collective

CARGO-CALASPARRA SA EN LIQUIDACION

CIF A73547176Voir la fiche société

Publications
512/03/202022/05/2025
Procédure
70/2020 · 03/2020
Tribunal
Mercantil - 2 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MURCIA · Juzgado de lo mercantil n. 2 de Murcia

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso22/05/2025
    ⚖️ Mercantil - 2Proc. 70/2020Juge : FRANCISCO CANO MARCOOrdonnance 20/05/2025

    CONCLUSION CONCURSO

  2. Apertura de liquidación11/12/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MURCIA Proc. 70/2020Juge : JOSE MARIA CASASOLA DIAZOrdonnance 18/08/2020

    El deudor ha sido suspendido de sus facultades atribuyéndose las mismas a la administración Concursal. la administración concursal la integra D. CARLOS JAVIER DÍAZ NAVARRETE, provisto de DNI 33378129T .

  3. Otro acto concursal01/10/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 70/2020Juge : FRANCISCO CANO MARCOOrdonnance 24/09/2020

    TRASLADO PLAN DE LIQUIDACION PARA OBSERVACIONES

  4. Otro acto concursal20/09/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MURCIA Proc. 70/2020Juge : LAJ Maria de las Mercedes Checa MoyaOrdonnance 11/11/2021

    Dictado auto de aprobación del plan de liquidación presentado por la Administración Concursal, formación de la sección sexta de calificación.

  5. Declaración de concurso12/03/2020
    ⚖️ Juzgado de lo mercantil n. 2 de MurciaProc. 03/2020Ordonnance 06/03/2020

    E D I C T O Dª Ana Isabel Gonzalez Peinado, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de lo mercantil n. 2 de Murcia, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº sección I declaración concurso 0000070 /2020 y NIG nº30030 47 1 2019 0001209 se ha dictado en fecha 5/03/2020 auto de declaración de concurso voluntario del deudor CARGO CALASPARRA S.A, con CIF A73547176, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Murcia. 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de Administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal a Abogados Y Economistas García Bernal S.L.P., con domicilio profesional en c/Gran Vía Escultor Salzillo nº 16, 3º-D 30004 Murcia, teléfono 968.902800, fax 968.902802 y correo electrónico [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal. Murcia, 6 de marzo de 2020.- La Letrada de la administración de justicia, Ana Isabel González Peinado.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.