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Procédure collective
Carmenlis 2010, S.L
CIF B33976481Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 06/06/2013 → 07/01/2014
- Procédure
- 263/2012 · 2012/0000
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso07/01/2014⚖️ GIJÓNProc. 263/2012Ordonnance 05/12/2013
Don Miguel Ángel Álvarez Turanzas, Secretario del Juzgado de Mercantil número tres con sede en Gijón, por el presente, anuncio: Que en el concurso necesario número 263/2012 seguido en este órgano judicial a instancia de Palper, S.L., contra el deudor Carmenlis 2010, S.L., con CIF B-33976481 y domicilio en Luces, Lastres, Colunga, se ha acordado lo siguiente: Declarar la conclusión del concurso necesario 263/12, en el que figuraba como concursada Carmenlis 2010, S.L., al comprobarse la inexistencia de bienes y derechos del concursado, ni de terceros responsables con lo que satisfacer a los acreedores concursales y parte de los acreedores contra la masa. Gijón, 5 de diciembre de 2013.- El Secretario Judicial.
- Declaración de concurso06/06/2013⚖️ GIJÓNProc. 2012/0000Ordonnance 13/05/2013
Don Miguel Ángel Álvarez Turanzas, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 con sede en Gijón, por el presente hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I Declaración Concurso 263/12, NIG 33024 47 1 2012/0000238, se ha dictado, en el día de hoy, Auto de Declaración de Concurso Necesario Abreviado del deudor Carmenlis 2010, S.L. Unipersonal, CIF n.º B-33976481, con centro de sus intereses en Barrio de la Rasa, s/n, Luces, Lastres, Colunga. 2º.- Se ha nombrado como Administrador Concursal a doña Silvia Alonso González, con domicilio y despacho profesional en Mieres, calle Monte Llosorio, n.º 8, 2.º centro, 33600, horario de despacho de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas y de 16:00 a 20:00 horas, correo electrónico [email protected], teléfono y fax: 984 08 34 58, el cual ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos previstos y con los requisitos recogidos, en el artículo 85 de la Ley Concursal, en el plazo de un mes, a contar desde la publicación de este edicto en el BOE, y cualquier otro acto de comunicación con la administración concursal en la dirección arriba referenciada. 3º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. Gijón, 13 de mayo de 2013.- El Secretario judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.