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Procédure collective
CARNES NATUCARSA SL
CIF B05145529Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 23/09/2020 → 17/12/2020
- Procédure
- 347/2020
- Tribunal
- JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE ÁVILA · PRIMERA INSTANCIA/INSTRUCCIÓN/MERCANTIL - 1
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal17/12/2020⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE ÁVILAProc. 347/2020Juge : ANTONIO MARIA GIMENEZ RAURELLOrdonnance 21/09/2020
SE DECLARA EL ESTADO DE CONCURSO CONSECUTIVO VOLUNTARIO de D. DAVID GÓMEZ HERNANDO, mayor de edad, con DNI nº 50.857.906F, con domicilio en Picassent, Avda. Nord nº 37-1º-1. Se nombra administrador concursal a D. GUILLERMO SÁNCHEZ GUARDIOLA,GUARDIO
- Conclusión del concurso17/12/2020⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE ÁVILAProc. 347/2020Ordonnance 21/09/2020
Auto de conclusión de concurso
- Declaración de concurso28/09/2020⚖️ ÁVILAOrdonnance 18/09/2020
Edicto Dª. María del Rosario Martín Tabernero, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción /Jdo Mercantil número 1 de Ávila, por el presente, Hago saber: 1.- Que en Sección I Declaración Concurso 000347/2020, N.I.G.: 05019 41 1 2020 0001723, seguido en este órgano judicial, se ha dictado en fecha 18 de septiembre de 2020 auto de declaración de concurso voluntario de Carnes Natucarsa, S.L., CIF B05145529, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Cabezas del Villar (Ávila), calle Travesia, 2. por insuficiencia de la masa activa del artículo 470 del Texto Refundido de la Ley Concursal, con los efectos inherentes a dicha declaración, en especial: 2.- EL deudor Carnes Natucarsa, S.L., conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio. 3.- Se acuerda simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso El cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudiera derivarse de la presente declaración de concurso, sin que haya lugar al cese de Administrador concursal al no haber sido designado. La extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada, disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos y el cierre de las hojas registrales a los efectos concursales, librando para ellos los oportunos mandamientos una vez firma le presente resolución. 4.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 512.3 TRLC). Ávila, 21 de septiembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, María del Rosario Martín Tabernero.
- Declaración de concurso23/09/2020⚖️ PRIMERA INSTANCIA/INSTRUCCIÓN/MERCANTIL - 1Proc. 347/2020Juge : LUIS RUFILANCHAS SOLARESOrdonnance 21/09/2020
AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO VOLUNTARIO de CARNES NATUCARSA S.L., . 2.- EL deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio. 3.- Se acuerda simultáneamente a lo anterior, la CONCLUSIÓN
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.