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Procédure collective
CARNICAS MADRIGAL, SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION
CIF B13157342Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 09/09/2017 → 09/07/2020
- Procédure
- 155/2017 · 09/2017
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal09/07/2020⚖️ CIUDAD REALProc. 155/2017Ordonnance 04/07/2020
EDICTO Don José Manuel Torres Braos, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 177.3 de la LC, anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal voluntario abreviado número 155/2017, seguido frente a la mercantil, CÁRNICAS MADRIGAL, SLU, con CIF B-13157342, domicilio en Alcázar de San Juan, por auto de fecha 08/06/2020 se ha acordado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de bienes. 2.- Se acuerda el cese definitivo de la administración concursal designada, ALCARRA Y AGUERA, SLP, en la persona física de D. DANIEL AGUERA FERNÁNDEZ, con aprobación de las cuentas presentadas. 3.- Se acuerda la cancelación de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, procediendo la extinción de la mercantil, así como el cierre de su hoja registral. 4.- La concursada quedará responsable como deudora del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar las ejecuciones singulares. Ciudad Real, 4 de julio de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Manuel Torres Braos.
- Otro acto concursal23/12/2019⚖️ CIUDAD REALProc. 155/2017Ordonnance 18/12/2019
EDICTO Don José Manuel Torres Braos, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 177.3 de la LC, Anuncia 1º.- Que en el procedimiento concursal voluntario abreviado número 155/2017, seguido frente a la mercantil, CÁRNICAS MADRIGAL, S.L.U., con CIF B13157342, domicilio en Tomelloso, por auto de fecha 18 de diciembre de 2019 se ha acordado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de bienes. 2º.- Se acuerda el cese definitivo de la Administradora concursal designada, doña Carmen de Urmeneta Rada, con aprobación de las cuentas presentadas. 3º.- Se acuerda la cancelación de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, procediendo la extinción de la mercantil, así como el cierre de su hoja registral. 4º.- La concursada quedará responsable como deudora del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar las ejecuciones singulares. Ciudad Real, 18 de diciembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, José Manuel Torres Braos.
- Declaración de concurso09/09/2017⚖️ CIUDAD REALProc. 09/2017Ordonnance 01/09/2017
D./D.ª ESTHER DOMÍNGUEZ GUTIÉRREZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 de Ciudad Real, por el presente, hago saber: 1.º Que en sección I declaración concurso 0000155/2017 seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 01/09/2017 Auto de declaración de concurso voluntario de CÁRNICAS MADRIGAL, S.L.U., con CIF n.º B13157342, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Tomelloso. 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de Administración y disposición del deudor, que seguirá ejerciendo el concursado, quedando sometido en el ejercicio de éste a la autorización o conformidad del Administrador Concursal designado. 3.º El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. 4.º La identidad de la Administración concursal es la siguiente: Doña Carmen de Urmeneta Rada. La dirección postal de la Administración concursal es la siguiente: Calle Ayala 4, 7.º Dcha., 28001 Madrid. La dirección electrónica de la Administración concursal es la siguiente: [email protected] 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 LC). Ciudad Real, 1 de septiembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.