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Procédure collective
CARPINTER ESTRUCCTURAS SLL
CIF B84617034Voir la fiche société →
- Publications
- 5 — 12/06/2009 → 03/05/2023
- Procédure
- 680/2008
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE MADRID · Mercantil - 4 · Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal03/05/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE MADRID Proc. 680/2008Juge : MIGUEL ANGEL CHAMORRO GONZALEZOrdonnance 16/01/2023
Se declara en concurso consecutivo al deudor Don Aniceto Ortiz Bolaños, con DNI 36475056T con todos los efectos que ello conlleva
- Conclusión del concurso19/01/2023⚖️ Mercantil - 4Proc. 680/2008Juge : OLGA AHEDO PEÑAOrdonnance 16/01/2023
auto de conclusión de concurso por finalización de la fase de liquidación
- Otro acto concursal03/12/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE MADRID Proc. 680/2008Juge : BARBARA CORDOBA ARDAOOrdonnance 16/01/2023
EDICTO
- Conclusión del concurso03/12/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE MADRID Proc. 680/2008Juge : JOSE VELA PÉREZOrdonnance 16/01/2023
Se dicta la conclusión y archivo del concurso y se declara la extinción de la persona jurídica. Se cesa del cargo al Administrador Concursal.
- Otro acto concursal12/06/2009⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de MadridOrdonnance 21/05/2009
El Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 680/08, por auto de fecha 21 de mayo de 2009 se ha declarado en Concurso Voluntario al deudor Carpinter Estructuras, S.L.L., con domicilio social en la localidad de Parla (Madrid) calle Los Hoyos, n.º 14, C.P. 28980 CIF: B84617034, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al Tomo 22.724, libro 0, sección 8, hoja M-406564. Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal en la forma establecida en el artículo 85 a los administradores concursales la existencia de sus créditos. La comunicación de los créditos deberá efectuarse ante el Registro General de escritos civiles sito en la calle Capitán Haya, n.º 66 de Madrid, a nombre del Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid y a la atención de la Administración Concursal, bien personalmente o bien por correo certificado o mensajería. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios del Juzgado. Quinto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Madrid, 21 de mayo de 2009.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.