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Procédure collective

CARPINTERIAS LOGROÑESAS DEL ALUMINIO SA EN LIQUIDACION

CIF A26017657Voir la fiche société

Publications
303/03/201422/01/2020
Procédure
9/2014

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso22/01/2020
    ⚖️ LOGROÑOProc. 9/2014Ordonnance 16/01/2020

    EDICTO Doña María Asunción González Elías, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº6 y de lo Mercantil de Logroño, ANUNCIA: 1º.- Que en el procedimiento número 9/2014 y N.I.G. 26089 42 1 2014 0000075 por auto de fecha 16/01/2020 se ha acordado la conclusión del concurso seguido sobre la mercantil CARPINTERÍAS LOGROÑESAS DEL ALUMINIO, S.A., con CIF A-26017657 y domicilio social en calle Candado nº 8 -Polígono Cantabria I- Pabellón nº 39 - Logroño. Asimismo se ha acordado el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos del concursado con los que satisfacer a los acreedores, sin haber declaración de responsabilidad de terceros. 2º.- Se ha aprobado la rendición de cuentas presentada en su día por la Administración Concursal de la concursada. 3º.- La deudora queda responsable del pago de los créditos no satisfechos. Asimismo, los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare uno nuevo. 4º.- Se acuerda además la extinción de la personalidad jurídica de CARPINTERíAS LOGROÑESAS DEL ALUMINIO, S.A., cuyos datos arriba mencionados se dan por reproducidos, disponiendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil. 5º.- A la conclusión del concurso se le da la misma publicidad que cuando se decretó, publicando el correspondiente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el BOE y en el Registro Público Concursal. Logroño, 16 de enero de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, María Asunción González Elías.

  2. Declaración de concurso01/04/2014
    ⚖️ LOGROÑOProc. 9/2014Ordonnance 05/03/2014

    Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 6 y de lo Mercantil de Logroño, por el presente, Hago saber: Que mediante resolución de fecha 5 de marzo de 2014 se ha dictado resolución del tenor literal siguiente: Providencia. El Juez/Magistrado-Juez, Sr. Rafael Yangüela Criado. En Logroño, a cinco de marzo de dos mil catorce. Habiendo presentado escrito y poder para pleitos el/la procurador/a Sr/a. Salazar Otero, en nombre y representación de Gam España Servicios de Maquinaria, S.L.U., de conformidad con lo previsto en el artículo 184.3 de la LC, acuerdo: 1.-Tener por personado a Gam España Servicios de Maquinaria, S.L.U., y a dicho procurador en su nombre y representación. 2.-Entender con el mismo la presente y las sucesivas actuaciones previstas por la ley. Por presentado el anterior escrito por la procuradora Sra. Zuazo Cereceda en nombre y representación de La Veneciana, S.A., únase a la sección primera del presente concurso teniéndose por aportada publicación en el BOE en fecha de tres de marzo dos mil catorce de la declaración del presente concurso. Revisadas que han sido las presentes actuaciones y habiéndose observado un error de transcripción en el edicto de fecha de trece de febrero de dos mil catorce,procede su rectificación en el sentido de que donde se dice: "Hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 9/2014 y NIG n.º 26089 42 1 2014 0000075, se ha dictado en fecha auto de declaración de concurso necesario del deudor La Veneciana, S.L., Carpinterías Logroñesas del Aluminio, S.A., con CIF n.º A 26017657, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Logroño", debe decir: "Hago saber: 1º- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 9/2014 y NIG n.º 26089 42 1 2014 0000075, se ha dictado en fecha auto de declaración de concurso necesario del deudor Carpinterías Logroñesas del Aluminio, S.A., con CIF n.º A26017657, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Logroño". Expídase nuevamente edicto para la publicación en el BOE de la presente resolución haciéndose entrega de dicho despacho a la procuradora de la instante del concurso para su diligenciado y reporte. Modo de impugnación: Recuso de reposición en el plazo de cinco días ante este tribunal, sin efectos suspensivos. Conforme a la D.A. decimoquinta de la L.O.P.J., para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido,en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 25 euros, salvo que el recurrente sea beneficiario de justicia gratuita, el ministerio fiscal, el estado, comunidad autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente de alguno de los anteriores. El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el Banco de Santander, S.A., en la cuenta de este expediente 2205 0000 52 0009 14 indicando, en el campo "concepto" la indicación "recurso" seguida del código "00 Civil-Reposición". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio la indicación "recurso" seguida del código "00 Civil-Reposición". En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando, en este caso, en el campo observaciones la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA. Así lo acuerda y firma S.S.ª Doy fe. Logroño, 5 de marzo de 2014.- El/la Secretario/a judicial.

  3. Declaración de concurso03/03/2014
    ⚖️ LOGROÑOProc. 9/2014Ordonnance 13/02/2014

    Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 6 y Mercantil de Logroño, por el presente, Hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 9/2014, y NIG n.º 26089 42 1 2014 0000075, se ha dictado en fecha auto de declaración de concurso necesario del deudor La Veneciana, S.L.; Carpinterías Logroñesas del Aluminio, S.A., con CIF n.º A-26017657,cuyo centro de intereses principales lo tiene en Logroño. 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la Administración concursal. Se ha designado como Administración concursal a don Julio Palacios Palomar, con domicilio postal en calle San Antón, n.º 4, Entrepl. Izda, de Logroño, y dirección electrónica [email protected] señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la L.C.,a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Logroño, 13 de febrero de 2014.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.