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Procédure collective

CARRERA Y CARRERA SA

CIF A28583490Voir la fiche société

Publications
606/10/201815/12/2025
Procédure
928/2018
Tribunal
MERCANTIL DE MADRID Nº 006 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso15/12/2025
    ⚖️ MERCANTIL DE MADRID Nº 006Proc. 928/2018Juge : FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTÍNOrdonnance 30/10/2025

    1.- CONCLUSION DEL CONCURSO y ARCHIVO 3.- CESE AC. 4.-aprueba rendición de cuentas 5.- extinción concursada

  2. Otro acto concursal05/11/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID Proc. 928/2018Juge : maria del carmen villellas sanchoOrdonnance 30/10/2025

    obtencion adhesiones propuesta anticipada convenio alcanzar acuerdo de refinanciacion

  3. Conclusión del concurso05/11/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID Proc. 928/2018Juge : SANTIAGO ARAGONÉS SEIJOOrdonnance 30/10/2025

    AUTO DECLARACIÓN

  4. Conclusión del concurso04/11/2025
    ⚖️ MERCANTIL DE MADRID Nº 006Proc. 928/2018Juge : FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTÍNOrdonnance 30/10/2025

    DECLARO LA CONCLUSION DEL CONCURSO Declaro el CESE de las limitaciones de las facultades de administración y disposición Declaro el CESE de la administración concursal. Se aprueba la rendición de cuentas Se acuerda la extinción del deudor

  5. Conclusión del concurso31/10/2025
    ⚖️ MERCANTIL DE MADRID Nº 006Proc. 928/2018Juge : FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTINOrdonnance 30/10/2025

    Auto de conclusión y archivo

  6. Otro acto concursal06/10/2018
    ⚖️ MADRIDProc. 928/2018Ordonnance 28/09/2018

    Edicto. Doña María Jesús Palmero Sandin, Letrada de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC) ANUNCIA: 1º.- Que en el procedimiento número 928/2018, por auto de 28 de septiembre de 2018, se ha declarado en concurso voluntario al deudor CARRERA Y CARRERA, S.A. con CIF A-28583490, con domicilio en la Zona Industrial Sur, Carretera Nacional 1, Km 31,500, San Agustín de Guadalix, Madrid. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC por correo ordinario o bien a través de representante, o en cualquiera de los medios admitidos en derecho directamente en el domicilio de la Administración Concursal que es el siguiente, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado: D.ª Cristina Asensio Pascual con domicilio sito en calle Génova, n.º 17, 4.º B, 28004 de Madrid y correo electrónico: [email protected]. 4º.- El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC) Madrid, 28 de septiembre de 2018.- La Letrado de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.