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Procédure collective

CASA 2030 SA

CIF A84821867Voir la fiche société

Publications
322/09/201122/04/2025
Procédure
352/2011
Tribunal
Mercantil - 5 · Juzgado de lo Mercantil nº 5 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso22/04/2025
    ⚖️ Mercantil - 5Proc. 352/2011Juge : MOISES GUILLAMON RUIZOrdonnance 21/04/2025

    AUTO CONCLUSION POR CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO

  2. Convenio de acreedores12/08/2013
    ⚖️ MADRIDOrdonnance 30/07/2013

    Edicto Doña M.ª C. Sanz, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 5 de Madrid, Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, se sigue concurso voluntario 352/11, de la mercantil Casa 2030, S.A. con NIF A-84821867, en el que recayó sentencia de fecha 30 de julio de 2013, en cuyo fallo constan los siguientes particulares: "Que debo aprobar y apruebo, con los efectos previstos en la Ley, por haber obtenido las mayorías necesarias, la propuesta de convenio presentada en el concurso de Casa 2030, S.A. por la concursada." "Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, así como los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que es parte la concursada y sobre los acreedores de la concursada, si bien respecto de estos últimos teniendo en cuenta la vinculación que sobre los mismos produce el convenio aprobado para aquellos a quienes legalmente afecte." "Fórmese la sección 6.ª de calificación del concurso." "Se concede el plazo de 10 días a contar desde la última publicación que se realice de esta resolución, para que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse en la sección 6.ª alegando por escrito lo que estime relevante para la calificación del concurso como culpable." Y para su inserción en el BOE, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal. Madrid, 30 de julio de 2013.- La Secretario Judicial.

  3. Otro acto concursal22/09/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 5 de MadridOrdonnance 29/07/2011

    Edicto D.ª M.ª Jesús Palmero Sandín, Secretario del Juzgado de lo Mercantil nº 5 de Madrid, Hago saber: Que en este Juzgado a mi cargo, se sigue Concurso Voluntario 352/11, en el que recayó auto de fecha 29 de julio de 2011, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares: "Se declara en concurso voluntario a la entidad Casa 2030, S.A., con C.I.F. nº: A-84821867." "Se acuerda la intervención de las facultades del deudor." "Los acreedores concursales deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos, en el plazo de un mes a contar desde la publicación." Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente. Madrid, 1 de septiembre de 2011.- La Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.