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Procédure collective
CASALS NOSTRES SL
CIF B57531170Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 13/04/2010 → 17/11/2023
- Procédure
- 92/2010
- Tribunal
- Mercantil - 1 · Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Palma de Mallorca
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso17/11/2023⚖️ Mercantil - 1Proc. 92/2010Juge : MARGARITA ISABEL POVEDA BERNALOrdonnance 08/11/2023
Se declara la CONCLUSIÓN del procedimiento concursal de la mercantil CASALS NOSTRES S.L., pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares y cesando cualquier limitación de las facultades de administración y disposición del concursado.
- Otro acto concursal25/09/2023⚖️ Mercantil - 1Proc. 92/2010Juge : MARIA CRISTINA ALONSO VIOQUEOrdonnance 03/07/2023
Traslado de la rendición de cuentas de la Administración Concursal.
- Otro acto concursal20/02/2023⚖️ Mercantil - 1Proc. 92/2010Juge : VICTOR HEREDIA DEL REALOrdonnance 25/01/2023
SENTENCIA DE CALIFICACIÓN.
- Otro acto concursal13/04/2010⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Palma de MallorcaOrdonnance 26/03/2010
El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Palma de Mallorca, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 92/10, por auto de 26 de marzo de 2010, se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Casals Nostres, S.L., con CIF B-57531170 y con domicilio en la calle San Alonso, nº 20-A, de Palma. Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado en el Boletín Oficial del Estado. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Palma de Mallorca, 26 de marzo de 2010.- El/La Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.