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Procédure collective
CASAVIVA TERUEL SL
CIF B44209385Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 27/04/2015 → 18/12/2020
- Procédure
- 100/2015
- Tribunal
- PRIMERA INSTANCIA/INSTRUCCIÓN/MERCANTIL - 1
Chronologie du dossier
- Apertura de liquidación18/12/2020⚖️ TERUELProc. 100/2015Ordonnance 30/06/2020
Edicto Doña Jara Naya Alfranca, Letrado de la administración de Justicia del Juzgado de Primera instancia e Instrucción (Mercantil), número 1 de Teruel, por el presente, Hago saber: Que en el procedimiento concursal número 100/2015 referente al concursado Casaviva Teruel, Sociedad Limitada, con domicilio social en Avenida Hispanidad 30 de Valderrobles (Teruel), con CIF B-44209385, por auto de fecha 30 de Junio de 2020, se ha acordado la conclusión del concurso, cuya parte dispositiva dice así: Primero: Acordar la conclusión del concurso de la mercantil Casaviva Teruel, sociedad limitada y el archivo de las actuaciones, al haber concluido la fase de liquidación, quedando libres los acreedores para el ejercicio de las acciones singulares que le corresponden. Segundo: Acordar la aprobación de las cuentas formuladas por la administración concursal al no haberse formulado oposición alguna contra ellas. Líbrese mandamiento al Registro correspondiente para que proceda a la cancelación de la inscripción de los asientos referentes a la sociedad concursada, y su publicación correspondiente. Dese a la presente resolución la publicidad prevista en los artículos 23 y 24 de la Ley concursal tal y como exige el artículo 141 de la Ley Concursal. Recurso: Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno. Teruel, 30 de junio de 2020.- La Letrada de la Administración de la Justicia, Jara Naya Alfranca.
- Conclusión del concurso02/07/2020⚖️ PRIMERA INSTANCIA/INSTRUCCIÓN/MERCANTIL - 1Proc. 100/2015Juge : juan jose cortes hidalgoOrdonnance 30/06/2020
Conclusión del concurso de la mercantil CASAVIVA TERUEL SL y archivo de las actuaciones al haber concluido la fase de liquidación quedando libres los acreedores para el ejercicio de las acciones que les correspondan.
- Declaración de concurso27/04/2015⚖️ TERUELProc. 100/2015Ordonnance 31/10/2013
Doña Laura Hernández Marzo, Secretaria Judicial de Juzgado de Primera Instancia e Instrucción y de lo Mercantil número 1 de Teruel, por el presente hago saber: 1º Que en Sección I de Declaración del Concurso Voluntario Abreviado n.º 100/2015 y N.I.G n.º 4421641120150000422, se ha dictado en fecha 30 de marzo 2015, Auto de declaración de Concurso Voluntario Abreviado de la mercantil Casaviva Teruel S. l con Cif n.º B44209385, inscrita en el Registro Mercantil de Teruel T222, Hoja Te4212, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Avenida Hispanidad, 30, de Valderrobres (Teruel ), acordándose al propio tiempo, la apertura de la fase de liquidación. 2º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal Lauria Estudio Concursal S. l. p, con Cif B98576697, con domicilio social en Calle Roger de Lauria, 8 primera. 46002, Valencia, inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, al Tomo 9695, Libro 6977, Folio 212, Hoja n.º-V-156202. La persona natural que la representa y asume la dirección de los trabajos en el ejercicio de su cargo (artículo 30.1 Ley Concursal) es D.Jose Carlos Martorell Zulueta, D.N.I. 50307946T, en su calidad de Administrador solidario con poder de representación de la Sociedad, en virtud del artículo 14 de la escritura de constitución de la sociedad realizada ante la Señora Notario de los de Valencia, doña Ana Julia Roselló García, con n.º de Protocolo 1018, y nombramiento publicado en el Boletón Oficial del Registro Mercantil de fecha 31 de octubre de 2013. La Dirección electrónica señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos es [email protected]. Teléfono 902070971. Fax 963528773. 3º El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley concursal, será de un mes desde la publicación del presente. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto, el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistido de Letrado. (Artículo 184.3). 4º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal. Teruel, 1 de abril de 2015.- El/la Secretario/a Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.