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Procédure collective
CASTEBOR, S.L .
CIF B12351276Voir la fiche société →
- Publications
- 6 — 22/10/2018 → 15/12/2025
- Procédure
- 282/2018 · 000282/2018 · 09/2018
- Tribunal
- MERCANTIL DE CASTELLÓ DE LA PLANA Nº 001 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA · Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso15/12/2025⚖️ MERCANTIL DE CASTELLÓ DE LA PLANA Nº 001Proc. 282/2018Juge : FRANCISCO GIL MONZOOrdonnance 05/12/2025
Se DECLARA la CONCLUSION del CONCURSO tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 282/2018, respecto de la mercantil CASTEBOR, S.L.
- Otro acto concursal06/10/2025⚖️ MERCANTIL DE CASTELLÓ DE LA PLANA Nº 001Proc. 282/2018Juge : VICENTE JUESAS LOACESOrdonnance 12/09/2025
Se ha presentado informe de la administración concursal, solicitando la conclusión del concurso y, asimismo, se ha presentando la rendición de cuentas.
- Otro acto concursal26/05/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000282/2018Juge : Alfonso Merino RebolloOrdonnance 22/06/2021
Abierta la fase de liquidación y conforme a lo previsto en el art. 530.2 de la Ley Concursal, doy traslado del plan de liquidación presentado por el deudor para que los acreedores puedan realizar alegaciones en el plazo de DIEZ días
- Otro acto concursal26/05/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000282/2018Juge : JUAN FERRANDO ABALOSOrdonnance 22/06/2021
PRESENTACIÓN DEL INFORME POR EL ADMINISTRADOR CONCURSAL. ART 290
- Otro acto concursal08/06/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000282/2018Juge : MARIA TERESA TRINIDAD SANTOSOrdonnance 03/03/2022
Se acuerda la conclusión del concurso por insuficiencia de la masa activa, extinción de la persona jurídica deudora y cese de las limitaciones subsistentes
- Apertura de liquidación22/10/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de CastellónProc. 09/2018Ordonnance 24/09/2018
Publication sans texte au registre — voir le PDF ou la source officielle.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.