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Procédure collective

CATAMARAN 2006 SL

CIF B84793744Voir la fiche société

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209/10/201314/07/2014
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal14/07/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de MadridOrdonnance 16/06/2014

    Edicto Doña Cristina Pousa Blasco, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 95 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el Concurso Voluntario Ordinario número 244/13, referente a la mercantil CATAMARAN 2006, S.L., con número de CIF B-84793744, se ha presentado el informe de la Administración Concursal a que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. 2.º Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. El edicto se fijará en el tablón de anuncios del Juzgado. 3.º Dentro del plazo de diez días, computado desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, de forma gratuita, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones ante este Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid. Las partes personadas podrán presentar impugnaciones dentro del plazo de diez días a contar desde la notificación de la diligencia de fecha 16 de junio de dos mil catorce. 4.º Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador. Madrid, 16 de junio de 2014.- Secretaria judicial.

  2. Otro acto concursal09/10/2013
    ⚖️ MADRIDOrdonnance 28/06/2013

    Edicto Doña Cristina Pousa Blasco, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el concurso voluntario ordinario número 244/13, por auto de 28 de junio de 2013, se ha declarado en concurso de acreedores a la mercantil Catamarán 2006, S.L., CIF: B-84793744, cuyo centro de principales intereses lo tiene en Madrid. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación de créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el Administrador Concursal don Inocencio Carazo González, con domicilio en la calle Pintor Rosales, n.º 28-7.ª Dcha. de Madrid CP: 28001 o comunicase por correo electrónico: [email protected] 4.º El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita, indicando que el Registro Público Concursal no está desarrollado reglamentariamente. No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 23 de septiembre de 2013.- Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.