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Procédure collective

CELICAR MOBILIARIO, SOCIEDAD LIMITADA

CIF B73862039Voir la fiche société

Publications
229/04/201709/01/2018
Procédure
12/2017
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia · Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de Murcia

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso09/01/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de MurciaProc. 12/2017Ordonnance 03/01/2018

    Edicto D.ª Ángela Quesada Martos, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, por el presente, Hago saber: Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º sección I declaración concurso 0000049 /2017 y NIG n.º 30030 47 1 2017 0000101 se ha dictado en fecha 20/12/2017 auto de conclusión del concurso voluntario del deudor CELICAR MOBILIARIO, S.L., con CIF B-73862039, por no constar la existencia de bienes y derechos para satisfacer los créditos contra la masa. Murcia, 3 de enero de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Declaración de concurso29/04/2017
    ⚖️ Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de MurciaOrdonnance 10/04/2017

    EDICTO Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrado de la Administración de Justicia del Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, por el presente, Hago saber: 1.º-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º seccion I declaración concurso 0000049 /2017 y NIG nº30030 47 1 2017 0000101 se ha dictado en fecha 3/04/17 auto de declaración de concurso voluntario del deudor CELICAR MOBILIARIO, S.L., con CIF B-73862039, cuyo centro de intereses principales lo tiene en c/ Castillarejos, n.º 1.º, segunda planta 30510 Yecla. 2.º-Se ha acordado la intervención de las facultades de Administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como Administración concursal a don José Núñez Mediavilla, con domicilio profesional en avenida Juan Carlos I, n.º 55, 9.º, edificio JC1, 30100 MURCIA, teléfono 968.900317, fax 968.906856 y correo electrónico [email protected] quien ha sido designado por la administración concursal designada JPM CONCURSALES, S.L.P., para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º-Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la página web oficinajudicialmurcia.es Murcia, 10 de abril de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.