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Procédure collective

CENTRE MEDIC ESPLUGUES SL

CIF B61952255Voir la fiche société

Publications
505/03/202002/03/2021
Procédure
847/2016 · 847/2016-A
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BARCELONA · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Barcelona · MERCANTIL - 1

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal02/03/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BARCELONAProc. 847/2016Ordonnance 24/01/2019

    Sentencia de Calificación

  2. Otro acto concursal02/03/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BARCELONAProc. 847/2016Juge : CONRADO JAVIER GONZALEZ CABALLEROOrdonnance 24/01/2019

    Declarar concurso de acreedores consecutivo. Comunicar el nombramiento a la administración concursal JESUS LORENZO AGUILAR SAEZ

  3. Conclusión del concurso15/09/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BARCELONAProc. 847/2016Juge : MARTA ARAGON ARRIOLAOrdonnance 26/02/2020

    Declaración y conclusión del Concurso de Acreedores de Carlatenea S.L.

  4. Conclusión del concurso12/03/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de BarcelonaProc. 847/2016Ordonnance 26/02/2020

    Don Luis Miguel Gonzalo Capellin, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Barcelona, Hago saber: Que por el presente hago saber que en el Concurso abreviado voluntario tramitado bajo el n.º 847/2016A de la entidad mercantil Centre Medic Esplugues, S.L. con NIF/CIF B61952255, se ha dictado auto firme de fecha 26 de febrero de 2020, en el cual se acuerda la conclusión por finalización de las operaciones de liquidación de la masa activa existente de dicha concursada su extinción y la cancelación de su inscripción registral, acordándose asimismo la inscripción de la conclusión del concurso y la extinción de la sociedad en el Registro Publico correspondiente y la publicación de dicha resolución en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria 2.ª del Real Decreto Ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal ante la evolución de la situación económica). Habiéndose aprobado la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal y acordando su cese en el ejercicio de su cargo. Barcelona, 28 de febrero de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Luis Miguel Gonzalo Capellin.

  5. Conclusión del concurso05/03/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 847/2016-AJuge : YOLANDA RÍOS LÓPEZOrdonnance 26/02/2020

    ACUERDO: 1. Concluir el concurso de la entidad CENTRE MÉDIC ESPLUGUES, S.L., por finalización de las operaciones de liquidación de la masa activa existente de dicha concursada, su extinción y la cancelación de su inscripción registral.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.