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Procédure collective

CENTRO ESPAÑOL DE CONTROL DE ESTRES SLP

CIF B81739393Voir la fiche société

Publications
214/03/201315/06/2017
Procédure
414/2012
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso15/06/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de MadridProc. 414/2012Ordonnance 30/05/2017

    Edicto Doña Verónica Calvo Moreno, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 414/2012, por auto de 30 de mayo de 2017 se ha acordado la conclusión del concurso del deudor Centro Español de Control de Estrés, S.L.P., con CIF B-81739393. 2.- Se ha acordado la extinción de la entidad con cancelación de los asientos referentes a la sociedad extinguida, y cierre de su hoja registral en los Registros públicos correspondientes. 3.- Se ha acordado el cese de su cargo del Administrador concursal. Madrid, 30 de mayo de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 8 de Madrid.

  2. Otro acto concursal14/03/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de MadridOrdonnance 04/03/2013

    Edicto Doña Verónica Calvo Moreno, Secretaria del Juzgado Mercantil n.º 8 de Madrid, anuncia: 1. Que en el procedimiento concursal número 414/12 referente al deudor Centro Español de Control de Estrés, S.L.P., con CIF n.º B-81739393 se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la publicación de este edicto, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3. Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador. Madrid, 4 de marzo de 2013.- La Secretaria Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.