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Procédure collective

CENTRO ESPECIAL PATKEY SL

CIF B97866982Voir la fiche société

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117/01/201517/01/2015
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Valencia

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso17/01/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de ValenciaOrdonnance 04/12/2014

    Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada a Auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber: Que en este Juzgado se tramitan Autos de Concurso Abreviado Voluntario número 001296/2014, habiéndose dictado en fecha 4 de diciembre de 2014 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez Auto de declaración de concurso de acreedores de CENTRO ESPECIAL PATKEY, S.L., con domicilio en calle Masía de Porxinos, parcela 10-3-a, bis, Riba-Roja del Turia (Valencia), y CIF número B97866982, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia al tomo 8634, libro 5921, folio 28, hoja V-120178. Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la/s concursada/s, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la Administración Concursal designada. Se ha nombrado Administrador concursal a doña Verónica Aranda Sapena con domicilio en la calle Lira Almussafense número 2-2-8, Almusafes (Valencia), y correo electrónico [email protected]. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador. Valencia, 4 de diciembre de 2014.- El Secretario judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.