Procédure collective
CERVAMA 2 SL
CIF B61114617Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 06/12/2010 → 12/01/2017
- Procédure
- 916/2010
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso12/01/2017⚖️ BARCELONAProc. 916/2010Ordonnance 30/11/2016
D. Luis Miguel Gonzalo Capellín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Barcelona, Por el presente hago saber: Que en el concurso voluntario, tramitado bajo el n.º 916/2010-GD, de la entidad mercantil Cervama-2, S.L., con CIF n.º B-61114617, se ha dictado Auto de fecha 30-11-2016, en el cual se acuerda la conclusión del presente concurso por finalización de las operaciones de liquidación, acordándose así mismo la extinción y cancelación de la inscripción registral de la concursada Cervama-2, S.L., así como la inscripción de conclusión del concurso y la extinción de la sociedad en el Registro público correspondiente y la publicación de dicha resolución en el BOE. Igualmente en dicho auto se acuerda el cese de la Administración concursal desde la firmeza de dicha resolución, aprobando la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal. Barcelona, 30 de noviembre de 2016.- El Letrado de la Adm. de Justicia.
- Otro acto concursal06/12/2010⚖️ BARCELONAProc. 916/2010Ordonnance 18/11/2010
Edicto. Don Joaquín Marco Pueyo, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil 1 Barcelona, Hace saber: Que en los autos con el n.º 916/2010G se ha declarado el concurso voluntario principal de fecha 18 de noviembre de 2010 de Cervama-2, S.L., con el NIF n.º B-61114617 y domicilio en Calle Gerona, n.º 57, bajos de El Prat de Llobregat, en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado. Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos a la administración concursal por medio de escrito que se presentará en la Unidad de apoyo concursal, Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, Edificio C, planta 13, 08014 Barcelona, con indicación expresa del Juzgado Mercantil 1 y el número de autos 916/2010G, en el plazo de quince días a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE; firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas. Barcelona, 18 de noviembre de 2010.- El Secretario judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.