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Procédure collective

CHAFARIL ORGANIC SL EN LIQUIDACION

CIF B10359677Voir la fiche société

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206/02/201512/03/2016

Chronologie du dossier

  1. Apertura de liquidación12/03/2016
    ⚖️ CÁCERESOrdonnance 16/02/2016

    Edicto Don Juan Fernando Montero Manchado, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 y Mercantil de Cáceres, anuncia: Que en el Sección I Declaración Concurso 0000348/2014, referente al concursado Chafaril Organic, S.L., por Decreto de fecha 16 de febrero de 2016, se ha acordado lo siguiente: 1. Abrir la fase de liquidación del concurso. 2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3. Se ha declarado disuelta la mercantil Chafaril Organic, S.L., con CIF n.º B-10359677, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. Cáceres, 16 de febrero de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Declaración de concurso06/02/2015
    ⚖️ CÁCERESOrdonnance 22/01/2015

    Edicto. Don Juan Fernando Montero Manchado, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 y Mercantil de Cáceres, por el presente, Hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000348/ 2014 y NIG n.º 10037 41 1 2014 0031152, se ha dictado en fecha 22-01-2015 Auto de Declaración de Concurso Necesario del deudor Chafaril Organic, S.L., con CIF n.º B10359677, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Carretera de Valverde-San Martín, Km. 0,5, San Martín de Trebejo (Cáceres). 2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal al titulado mercantil y empresarial don Jorge del Río Condon, con domicilio postal en calle Casas de Cotallo, 1-2, 10.004-Caceres y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. En Cáceres, 22 de enero de 2015.- El/la Secretario/a Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.