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Procédure collective

CHAGO E HIJOS SL EN LIQUIDACION

CIF B38761052Voir la fiche société

Publications
214/11/201311/05/2018
Procédure
3/2009
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santa Cruz de Tenerife; doy fe · Juzgado de lo Mercantil n.º1 de Santa Cruz de Tenerife

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso11/05/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santa Cruz de Tenerife; doy feProc. 3/2009Ordonnance 30/04/2018

    Edicto Cédula de notificación D. José Damián Bailón Pérez-Milá, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de los de Santa Cruz de Tenerife, Hago saber: Que en el procedimiento Concursal número 55/09, de la Entidad Chago e Hijos, S.L., CIF B38761052, se ha dictado Auto de fecha 27 de abril de 201, cuyos puntos principales de su Parte Dispositiva, son del tenor literal siguiente: "Se declara la Conclusión del Concurso de Chago e Hijos, S.L. Aprobar la rendición de cuentas de la AC. Notifíquese la presente resolución mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la Ley Concursal. Publíquese la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal, despacho que se entregará al solicitante del concurso para que se encargue de su publicación. Procédase a la publicación de la presente el Registro Mercantil, o en el Registro que conforme a la Ley corresponda. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor susbsistentes que en su caso se hayan acordado. Notifíquese esta resolución a las partes, indicándoles que no cabe interponer recurso alguno (art. 177.1 LEC). Así lo dispone, manda y firma doña Sonia Martínez Uceda, Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santa Cruz de Tenerife; doy fe." Y para que sirva de notificación a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita (de conformidad con la nueva redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo), en el Boletín Oficial del Estado, extiendo y firmo la presente, Santa Cruz de Tenerife, 30 de abril de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Declaración de concurso14/11/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º1 de Santa Cruz de TenerifeOrdonnance 23/07/2013

    Edicto. Don Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º1 de Santa Cruz de Tenerife. Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal número 0000055/2009, seguido en virtud de la declaración de concurso de D./Dña. Chago e Hijos, S.L., y CIF n.º B38761052, se ha dictado en el día de la fecha la siguiente resolución, cuya Parte Dispositiva, es literalmente como sigue: Dispongo: Haber lugar a la aprobación del plan de liquidación presentado por la Administración Concursal. En todo lo no previsto, se estará a las normas supletorias del artículo 149 y siguientes de la Ley Concursal, en concreto, se acuerda el alzamiento de los embargos anteriores a la declaración de concurso. Con testimonio de la presente ábrase la sección 6.ª de calificación. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación cualquier acreedor o persona que acreditare interés legítimo podrá personarse y ser parte en la sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Contra la presente resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá dentro del plazo de veinte días, contados desde el día siguiente a su notificación. Así lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe. El/la Magistrado/a-Juez.-El/la Secretario/a Judicial. Santa Cruz de Tenerife, 23 de julio de 2013.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.