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Procédure collective
EMBUTIDOS HUERTA SL EN LIQUIDACION
CIF B05163712Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 15/04/2011 → 01/08/2012
- Procédure
- 155/2011 · 290/2011
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso01/08/2012⚖️ ÁVILAProc. 155/2011Ordonnance 16/07/2012
Edicto D.ª M.ª Teresa Castelló Bóveda, Secretario del Juzgado de lo Mercantil de Ávila, anuncia: 1.º Que en el procedimiento concursal número 155/2011, relativo a la mercantil Embutidos Huerta, S.L., con domicilio social en Ávila, C/ Río Tera n.º 8, c.p. 05004 y CIF B05163712, se ha dictado auto de fecha 16-07-12 cuya parte dispositiva dice lo siguiente: Parte dispositiva Acuerdo: Declarar la conclusión del presente procedimiento concursal de la mercantil Embutidos Huerta, S.L., registrado con el número 155/2011, por estar en el supuesto de finalización de la fase de liquidación, no existiendo acciones viables de reintegración de la masa activa ni de responsabilidad de terceros pendientes de ser ejercitadas ni otros bienes o derechos del concursado, archivándose el mismo. La extinción de la mercantil Embutidos Huerta, S.L., así como la cancelación de su inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme. El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la Administración Concursal. La publicación de la presente resolución de conclusión del concurso mediante edictos, que se publicarán en el tablón de anuncios de este Juzgado, en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario de Ávila. Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días contados desde el día siguiente al de su notificación, debiendo acreditar al interponerlo haber constituido un depósito de 50 euros en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado abierta en BANESTO. Así lo manda y firma S.S. Doy fe. Ávila, 16 de julio de 2012.- El Secretario Judicial.
- Declaración de concurso05/09/2011⚖️ ÁVILAProc. 155/2011Ordonnance 29/07/2011
Edicto En este órgano judicial se tramita concurso abreviado 155/2011, seguido a instancias de Embutidos Huerta, S.A. con CIF B-05163712, con domicilio en Ávila, C/ Río Tera, n.º 8, C.P. 05004, en el que, en el día de la fecha, se ha dictado auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva 1.- Se aprueba la liquidación anticipada en los términos propuestos por la mercantil concursada. 2.- Se acuerda la apertura de la fase de liquidación, dándose la publicidad prevista en el artículo 144, y produciendo los efectos propios de la misma. 3.- Durante la fase de liquidación continuarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC. Inscríbase asimismo en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación. 4.- Procédase a la formación de la sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso (artículo 163.1.2.ª). Modo de impugnación: Mediante recurso de apelación con los efectos previstos en el artículo 98 de la Ley Concursal. Lo acuerda y firma S.S.ª Doy fe. Ávila, 29 de julio de 2011.- Secretario Judicial.
- Otro acto concursal12/05/2011⚖️ ÁVILAProc. 290/2011Ordonnance 09/05/2011
Edicto. Don Miguel Juanes Hernández, Secretario del Juzgado de lo Mercantil de Ávila, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 290/2011, por auto de fecha 06-05-11 se ha declarado en concurso voluntario a la deudora "Chocolates Elgorriaga, S.L.", con C.I.F. B-05163712, con domicilio en Ávila, Ctra. N-110, Km. 259- C.P. 05002. 2.º Que la deudora conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores de la concursada deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado", "Boletín Oficial" de la provincia y en el "Diario de Ávila". 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la LC). Ávila, 9 de mayo de 2011.- El Secretario Judicial.
- Otro acto concursal15/04/2011⚖️ ÁVILAProc. 155/2011Ordonnance 11/04/2011
Edicto. Don Miguel Juanes Hernández, Secretario del Juzgado de lo Mercantil de Ávila, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 155/2011, por auto de fecha 11 de abril de 2011 se ha declarado en concurso voluntario a la deudora "Embutidos Huerta, S.A.", con C.I.F. B05163712, con domicilio en calle Río Tera, n.º 8, P.I. "Las Hervencias" de Ávila, C.P. 05004. 2.º Que la deudora conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores de la concursada deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado", "Boletín Oficial de la Provincia" y en el "Diario de Ávila". 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Ávila, 11 de abril de 2011.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.