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Procédure collective

CHOKO ACTIVOS SL

CIF B31500572Voir la fiche société

Publications
221/11/201719/11/2021
Procédure
391/2017
Tribunal
MERCANTIL - 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso19/11/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 391/2017Juge : SANDRA SANTIAGO GOMEZOrdonnance 09/11/2021

    CONCLUSION DE CONCURSO

  2. Declaración de concurso21/11/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/IruñaOrdonnance 13/11/2017

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el Concursal - sección 1ª (General) número 0000391/2017, NIG 3120147120170000348, por auto de 7 de noviembre del 2017 se ha declarado en concurso de materia concursal al deudor Choko Activos, S.L., con CIF n.º B31500572 y domicilio en Ronda de las Ventas 8-1º B de Burlada y cuyo centro de principales intereses lo tiene en la citada localidad. 2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado en este Edicto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos en la dirección electrónica que consta en este edicto. La comunicación deberá realizarse en la forma prevista en el artículo 85.3 de la LC. La Administración concursal está integrada por D/D.ª Blanca Molins Castiela, con domicilio postal en Avda. Carlos III, n.º 11, 3.º izda. 31002 Pamplona y dirección electrónica: [email protected] El plazo para esta comunicacion es el de un mes a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). 5.º Que en la misma resolución se ha acordado la apertura de la fase de liquidación. Pamplona, 13 de noviembre de 2017.- El/La Letrado de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.