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Procédure collective

CIDONCHA Y FACILA SL

CIF B31492200Voir la fiche société

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114/05/201414/05/2014

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso14/05/2014
    ⚖️ PAMPLONAOrdonnance 30/04/2014

    El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña anuncia, Que en el procedimiento concursal numero 0000286/2008 referente al concursado Cidoncha y Facila, S.L. con CIF B31492200, con domicilio en Roncal, 2 bajo, de Lodosa, por auto de fecha 30 de abril de 2014 se ha acordado la conclusión del concurso, cuya parte dispositiva dice así: "Parte Dispositiva Decido: 1.º Acordar la conclusión del concurso de acreedores de la entidad Cidoncha y Facila, S.L. 2.º Declarar aprobadas las cuentas rendidas, por la Administración concursal 3.º Inscríbase la presente resolución en la hoja abierta a la referida sociedad en el Registro Mercantil de Navarra. A tal fin expídase mandamiento a dicho Registro Público con expresión de la firmeza de esta resolución. 4.º Acordar la extinción de la referida sociedad y disponer el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Navarra, a cuyo efecto expídase Mandamiento al Registro Mercantil de Navarra n.º 1 con expresión de su firmeza, comprensivo de los datos de identificación y parte dispositiva. 5.º Publíquese la presente resolución mediante edictos que se anunciarán en el tablón de anuncios de ese Juzgado y en el BOE. Entréguense los despachos al Procurador de la concursada para que cuide de su curso y gestión. Líbrese exhorto al Juzgado Decano de Pamplona y Estella, a fin de que ponga en conocimiento de todos los Juzgados de 1.ª Instancia y Social, la conclusión del presente concurso a los efectos de los artículos 177 y 178 de la LC. Recurso.- Contra el presente auto no cabe recurso alguno (art. 177.1 L.Con). Asi lo acuerda y firma S.S.ª Iltma. doy fé." El/la Magistrado-Juez. El/la Secretario/a. Pamplona, 30 de abril de 2014.- El/la Secretario judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.