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Procédure collective
CINE AND PLASMAVISION SL
CIF B83621268Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 27/03/2009 → 06/02/2013
- Procédure
- 580/2008
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal06/02/2013⚖️ MADRIDOrdonnance 16/01/2013
El Juzgado n.º 2 de lo Mercantil de los de Madrid, anuncia: 1.º Que en el procedimiento n.º 580/08 por auto de fecha 22/12/08 se declaró en concurso voluntario a la mercantil Cine and Plasmavisión, S.L., con CIF. B-83621268. 2.º Que con fecha 16/01/13 se ha dictado resolución por la que: Se acuerda la conclusión del presente procedimiento concursal por haberse realizado las operaciones de liquidación y pago de acreedores, indicando la inexistencia de actos y/o operaciones que conlleven a la interposición de acciones de reintegración a la masa del concurso o de exigencia de responsabilidad a terceros. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor. El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Madrid, 16 de enero de 2013.- El Secretario Judicial.
- Otro acto concursal27/03/2009⚖️ MADRID.Proc. 580/2008Ordonnance 10/03/2009
El Juzgado de lo Mercantil Número 2 de Madrid, anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal número 580/2008, referente al deudor Cine & Plasmavisión, S.L. con Cif: B83621268, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.- Dentro del plazo de Diez Días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en la Razón,los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador. Madrid, 10 de marzo de 2009.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.