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Procédure collective

CLIMATECNIC CONFORT SL EN LIQUIDACION

CIF B27347277Voir la fiche société

Publications
303/11/201103/04/2013

Chronologie du dossier

  1. Apertura de liquidación03/04/2013
    ⚖️ LUGOOrdonnance 11/03/2013

    Edicto. Don Francisco Julián Hinojal Gijón, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 2 Mercantil de Lugo, anuncia: Que en el Concurso 979/11, referente al concursado Climatecnic Confort, S.L., B-27347277, por auto de fecha 11 de marzo, se ha acordado lo siguiente: 1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. Dejar sin efecto la junta señalada 2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3.- Se ha declarado disuelta la entidad Climatecnic Confort, S.L., B-27347277 cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. 4.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los quince días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y fijado en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Lugo, 11 de marzo de 2013.- El Secretario Judicial.

  2. Convenio de acreedores30/01/2013
    ⚖️ LUGOOrdonnance 08/01/2013

    Edicto. Don Francisco Julián Hinojal Gijón, Secretario Judicial de Juzgado de 1.ª Instancia número 2 y de lo Mercantil de Lugo, anuncia: 1. Que en el procedimiento concursal número sección I declaración concurso 0000979 /2011, referente a la concursada "Climatecnic Confort, S.L.", B27347277, se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 15 de marzo, a las diez treinta horas, en la sala de audiencias de este tribunal. 2. Se someterá/n a la deliberación y en su caso aprobación de la Junta la/s propuesta/s de convenio presentado/s por la concursada. Dicha/s propuestas, junto con el escrito de evaluación de la Administración Concursal pueden ser examinadas por los interesados en esta oficina judicial. Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC. 3. Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC. Lugo, 8 de enero de 2013.- El Secretario Judicial.

  3. Otro acto concursal03/11/2011
    ⚖️ LUGOOrdonnance 18/10/2011

    Edicto D. Francisco Julián Hinojal Gijón, Secretario del Juzgado de 1ª Instancia 2, Mercantil de la provincia de Lugo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1°.- Que en el procedimiento número 979/11, por auto de 18 de octubre, se ha declarado en concurso necesario, abreviado al deudor Climatecnic Confort, S.L., B 27347277, con domicilio en Carretera de A Vide A Piñeira, A Veiga 27, Monforte de Lemos, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Monforte de Lemos. 2°.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Han sido designado administrador el Economista Mauro Antonio Puga Rodríguez, Reina 1, 8º Lugo. 3°- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita. 4°- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Lugo, 18 de octubre de 2011.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.