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Procédure collective

CLOSAS ORCOYEN SOCIEDAD LIMITADA

CIF B28273860Voir la fiche société

Publications
225/11/201320/04/2023
Procédure
358/2013
Tribunal
Mercantil - 11

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso20/04/2023
    ⚖️ Mercantil - 11Proc. 358/2013Juge : MANUEL RUIZ DE LARAOrdonnance 17/04/2023

    Conclusión del concurso.

  2. Declaración de concurso25/11/2013
    ⚖️ MADRIDProc. 358/2013Ordonnance 24/09/2013

    Edicto. Doña M.ª Luisa Pariente Vellisca, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal. Anuncia: 1.- Que en el concurso número de autos 358/2013, con Número de Identificación General del procedimiento 28079 1 0005142/2013, por auto de 24 de septiembre de 2013, se ha declarado en concurso voluntario, tramitado como abreviado, a Closas Orcoyen, S.L., con CIF.- B-28273860, y domiciliado en Ctra. de Belvis, km 0,5, naves 21, 22, 23, 24 de Paracuellos del Jarama (Madrid). 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde el día que en que se les realice la comunicación por la administración concursal o bien en el supuesto de que no se haya realizado, desde el día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la administración concursal. 4.- La identidad de la administración concursal es don Carlos del Arco Herrero el domicilio postal de la misma calle Ponzano 37, de Madrid, y la dirección electrónica [email protected] ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, haciéndoseles saber que los presentados en este juzgado se tendrán por no comunicados. Las comunicaciones de créditos efectuadas ante este Juzgado se tendrán por no realizadas. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de abogado y procurador presentando escrito de forma separada al de comunicación de crédito ante este juzgado. Madrid, 24 de septiembre de 2013.- Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.