Accueil›Justice›COMERCIAL CASABLANCA SL
Procédure collective
COMERCIAL CASABLANCA SL
CIF B36604577Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 14/07/2012 → 23/05/2015
- Procédure
- 145/2012
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso23/05/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de PontevedraOrdonnance 05/05/2015
Edicto Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra con sede en Vigo, por el presente, hago saber: Anuncia 1.-Que en el procedimiento concursal número 000145/2012 referente al deudor Comercial Casablanca, S.L., con CIF número B-36.604.577, por auto de fecha 5 de mayo de 2015 se ha acordado lo siguiente: 1.-Decretar la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa. 2.-Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes. 3.-Se acuerda la extinción de la entidad mercantil y el cierre de la hoja de inscripción en los registros públicos correspondientes. Vigo, 5 de mayo de 2015.- La Secretaria judicial.
- Otro acto concursal14/07/2012⚖️ PONTEVEDRAProc. 145/2012Ordonnance 29/06/2012
Edicto Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra, con sede en Vigo, Hago saber: Que en la Sección V Declaración Concurso 145/2012, referente al concursado Comercial Casablanca, Sociedad Limitada, con Código de Identificación Fiscal número B-36.604.577, por auto de fecha 29 de junio de 2012, se ha acordado lo siguiente: Primero.-Aprobar el plan de liquidación presentado por la administración concursal. Segundo.-La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el Boletín Oficial del Estado, y fijado en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Vigo, 29 de junio de 2012.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.