Accueil›Justice›COMERCIAL QUEYDO 2000, SL
Procédure collective
COMERCIAL QUEYDO 2000, SL
CIF B01300177Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 28/09/2009 → 16/12/2009
- Procédure
- 262/2009 · 272/2009
Chronologie du dossier
- Convenio de acreedores16/12/2009⚖️ VITORIAProc. 262/2009Ordonnance 01/12/2009
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Vitoria-Gasteiz, anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal número 262/2009 referente a los deudores Comercial Queydo, Sociedad Limitada y Lardeco XXI, Sociedad Anónima, con NIF B01300177 y A012110020, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo 1 del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2. - Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOE, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3. - Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador. 4.- El deudor no ha presentado propuesta de convenio. Vitoria-Gasteiz, 1 de diciembre de 2009.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal28/09/2009⚖️ VITORIA.Proc. 272/2009Ordonnance 15/09/2009
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Vitoria-Gasteiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1. Que en el procedimiento número 272/2009, por auto de 15 de septiembre de 2009 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Comercial Queydo, Sociedad Limitada, con NIF B01300177, con domicilio en Calle Uzbina, numero 20, 01015 Vitoria-Gasteiz, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Vitoria. 2. Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3. Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 4. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Vitoria-Gasteiz, 15 de septiembre de 2009.- La Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.