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Procédure collective
COMERCIAL RODBER SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION
CIF B35277219Voir la fiche société →
- Publications
- 6 — 22/09/2011 → 08/02/2021
- Procédure
- 24/2011 · 7/2013 · 64/2009
- Tribunal
- MERCANTIL - 2 · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal08/02/2021⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 24/2011Juge : Guillermo Fernandez GarcíaOrdonnance 03/02/2021
AUTORIZACION REALIZACION DIRECTA DE FINCA (véase documento adjunto)
- Otro acto concursal25/07/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 7/2013Ordonnance 15/07/2013
Edicto. D.ª Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria, Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal 24/11, seguido a instancias de la Procuradora doña Juana Agustina García Santana, en nombre y representación de "Comercial Rodber, S.L.", con CIF B-35277219, se ha dictado Auto el día 10/7/2013, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se aprueba sustancialmente el plan de liquidación de la concursada presentada por la Administración concursal, con las adiciones contenidas en fundamento jurídico único de la presente resolución. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoseles saber que contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días desde la notificación. Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto. Las Palmas de Gran Canaria, 15 de julio de 2013.- Secretaria Judicial.
- Declaración de concurso20/10/2012⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAProc. 64/2009Ordonnance 05/10/2012
Edicto. En el procedimiento de Concurso Ordinario Voluntario n.º 64/2009, se ha dictado Auto de fecha 5 de octubre de 2012, en cuya parte dispositiva consta el tenor literal siguiente: Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal de la mercantil Construcciones Raimundo Ortega, S.L., con CIF B-35.277.219. Se acuerda la apertura de la fase liquidación (Sección Quinta). De la presente resolución dése la publicidad que establecen los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal. Se acuerda la suspensión de la mercantil concursada en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la presente Ley. Se declara la disolución y en su caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por los administradores concursales para proceder de conformidad con lo establecido en este Ley Concursal. Se declara asimismo el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados si los hubiera y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. Se hace saber a la Administración Concursal que en el plazo de quince días desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar un plan para la realización de los bienes y derechos en los términos establecidos en el artículo 148.1 de la Ley Concursal. Asimismo deberá presentar cada tres meses, un informe sobre el estado de las operaciones de la liquidación, que quedará de manifiesto en la secretaría del Juzgado. El incumplimiento de esta obligación podrá determinar la aplicación de las sanciones previstas en los artículos 36 y 37 de la Ley Concursal. Procédase a la apertura de la sección de calificación del concurso (Seccion Sexta), que se regulará conforme a lo establecido en los artículos 163 y siguientes de la Ley Concursal. Dicha sección se encabezará con testimonio de la resolución judicial y se incorporarán a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación que hubiere presentado el deudor con su solicitud o a requerimiento del Juez, y del auto de declaración de concurso. Se hace saber que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en el plazo de diez días desde la última de las publicaciones de la presente resolución a los efectos establecidos en el artículo 168 de la Ley Concursal. Hágase saber a la Administración del Concurso que en el plazo de quince días posteriores a la expiración de los plazos de los interesados habrá de presentar un informe en los términos establecidos en el artículo 169 de la Ley Concursal. Notifíquese la presente resolución al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento. Se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación Las Palmas de Gran Canaria, 5 de octubre de 2012.- La Secretaria Judicial.
- Declaración de concurso28/07/2012⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAProc. 24/2011Ordonnance 24/10/2012
Edicto. Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial, del Juzgado de lo Mercantil número 2, de Las Palmas de Gran Canaria, Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal número 24/2011, seguido en virtud de la declaración de concurso de la mercantil Comercial Rodber, S.L., con CIF B-35.277.219 se ha dictado en el día de hoy Auto, declarando finalizada la fase común del concurso, abriendo la fase de convenio y señalándose para Junta de Acreedores el próximo 24 de octubre de 2012, a las 13:30 horas, en la sala de vistas de este Juzgado, sito en la calle Reyes Católicos, número 6, Las Palmas de Gran Canaria. Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta el deudor o los acreedores cuyos créditos superen, conjunta o individualmente, una quinta parte del total del pasivo resultante de la lista definitiva, podrán presentar propuestas de convenio. Los acreedores que lo deseen pueden adherirse a la propuesta de convenio presentada en los términos previstos en el art. 115.3 de la Ley Concursal. Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el art. 118 de la Ley Concursal. Las Palmas de Gran Canaria, 17 de julio de 2012.- Secretaria Judicial.
- Declaración de concurso21/03/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 24/2011Ordonnance 08/03/2012
Edicto. Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria, Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal número 24/2011, seguido en virtud de la declaración de concurso de COMERCIAL RODBER, S.L. y CIF n.º B-35277219, se ha presentado el informe de la Administración Concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el Tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el art. 198 de la Ley Concursal y en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador. Las Palmas de Gran Canaria, 8 de marzo de 2012.- Secretaria Judicial.
- Declaración de concurso22/09/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 24/2011Ordonnance 22/07/2011
Edicto Doña Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria. Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 24/2011, seguido a instancias de la Procurador doña Juana Aguntina García Santana, en nombre y representación de Comercial Rodber, S.L., se ha dictado Auto el día 22 de julio de 2011, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se declara el concurso de Comercial Rodber, S.L., con CIF B-35.277.219 el que se tramitará por el procedimiento abreviado. A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario. Se designan como Administradores del concurso a: Doña Araceli Espino Morillas,como Abogada. En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; su intervención. Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 6.3 del Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal, por el cual se modifica el n.º 5.º del apartado 1 del art. 21 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.). Don Antonio Carlos Martínez-Uceda Calatrava, Magistrado-Juez. Doña Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial. - Firmados y rubricados. Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto Las Palmas de Gran Canaria, 12 de septiembre de 2011.- Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.