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Procédure collective

COMERCIO INTERNACIONAL DE ALIMENTOS DEL MAR, S.A

CIF A15023583Voir la fiche société

Publications
324/06/201701/02/2022
Procédure
510/2017
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 8 DE MADRID · Juzgado de lo Mercantil nº 8 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal01/02/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 8 DE MADRID Proc. 510/2017Ordonnance 14/01/2022

    Cese de Administrador concursal

  2. Conclusión del concurso01/02/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 8 DE MADRID Proc. 510/2017Juge : EDUARDO PASTOR MARTÍNEZOrdonnance 14/01/2022

    Que en este Juzgado se tramita CONCURSO ABREVIADO 928/2020 de MANUEL LÓPEZ FORTUNY en cuyo seno por la Administración concursal se ha rendido el informe del art. 292 TRLC con sus anexos inventario de bienes y lista de acreedores.

  3. Otro acto concursal24/06/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 8 de MadridProc. 510/2017Ordonnance 12/06/2017

    EDICTO Dª Verónica Calvo Moreno, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 510/2017, por auto de 12 de junio de 2017 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Comercio Internacional de Alimentos del Mar, S.A. (CIAMAR), CIF nº A-15023583, con domicilio en Mercamadrid, Parcela C, 1º A, 28005 Madrid. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal designada, a través de su relación directa con el mismo, la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 LC. Los datos de la administración concursal son los siguientes: Sánchez Pintado y Núñez Estudio Concursal, SLP, con despacho profesional en Madrid, Calle Juan Bravo, nº 5, 1º dcha. 28006 de Madrid, teléfono 914614685, dirección electrónica [email protected] La comunicación se formulará por escrito y se dirigirá a la Administración concursal al domicilio o correo electrónico expresado, con indicación de la identidad, domicilio y NIF del acreedor, debiendo indicar un domicilio o dirección de correo electrónico a los efectos de su relación con la Administración concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado. No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna. 4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 12 de junio de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil nº 8 de Madrid.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.