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Procédure collective

COMPIRGESTION SOCIEDAD LIMITADA

CIF B22340293Voir la fiche société

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121/10/201721/10/2017

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso21/10/2017
    ⚖️ HUESCAOrdonnance 19/09/2017

    Edicto Doña Paula Jarne Corral, Letrado de la Administración de Justicia de Jdo. de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 3 y Mercantil de Huesca, por el presente, hago saber: 1.º- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración de Concurso 281 /2017, se ha dictado en fecha de hoy Auto de Declaración de Concurso Voluntario y Ordinario del deudor Compirgestión, SL, con CIF n.º B22340293, cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/ Joaquín Costa, n.º 38 de Angüés (Huesca). 2.º- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a la abogada doña Patricia Rojo López, con dirección postal en Paseo Pamplona, n.º 9, 1.º B de Zaragoza, teléfonos 976.218.143 y 976.229.474, fax 976212801 y dirección electrónica [email protected], señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado". 4.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). 5º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal. Huesca, 19 de septiembre de 2017.- La Letrado de la administración de justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.