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Procédure collective

COMPLEX HABITAT SL

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Publications
1 — 30/12/2013 → 30/12/2013
Procédure
649/2013
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso30/12/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 649/2013Ordonnance 02/12/2013

    D/ña. Natalia Ramos Lain, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona. Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 649/2013, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Complex Habitat, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de Asunto.- Concurso voluntario 649/2013 Sección C4. NIG del Procedimiento.- 0801947120138002393. Entidad Concursada.- Complex Habitat, S.L., con CIF n.º B62345046. Tipo de Concurso.- Voluntario. Fecha del Auto de Declaración.- 04/11/2013. Administrador Concursal.- Miguel Brossa Cros, con correo electrónico [email protected] y domicilio en Barcelona, Vía Augusta, 253, 3.º 2.ª, 08017. Facultades del Concursado.- Intervenidas. Forma de Personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los Acreedores y Comunicación de Créditos Conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedore, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento característica y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes, a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los Autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien, hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin nesecidad de personarse. Barcelona, 2 de diciembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.