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Procédure collective

Concepció BATALLA SÁNCHEZ, co

CIF N45720421Voir la fiche société

Publications
107/05/202107/05/2021
Procédure
153/2021
Administrateur judiciaire
Anna LLAURADÓ SABATÉ

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso07/05/2021
    ⚖️ LLEIDAProc. 153/2021Ordonnance 23/04/2021

    Don Antoni Josep Casas Capdevila, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.6 de Lleida (Mercantil) al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber: Número de asunto. Concurso consecutivo 153/2021 Sección: / NIG: 2512047120218004782 Fecha del auto de declaración. 19.04.2021. Clase de concurso. VOLUNTARIO y CONSECUTIVO. Entidad concursada. Concepció BATALLA SÁNCHEZ, con 45720421D. Administradores concursales. Se ha designado como administrador concursal: Anna LLAURADÓ SABATÉ. Dirección postal: Plaza Sant Joan, núm. 23, 5º A -, 25007 - Lleida Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado. SUSPENDIDAS. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes, a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Edificio Canyeret, 3-5, planta 3, Lleida. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar en esta Oficina judicial. Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es Lleida, 23 de abril de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Antoni Josep Casas Capdevila.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.