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Procédure collective

CONCEPTO SERVICIOS EMPRESARIALES SL

CIF B80006646Voir la fiche société

Publications
403/10/201527/09/2023
Procédure
540/2015
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 9 DE MADRID · Mercantil - 9 · Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal27/09/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 9 DE MADRID Proc. 540/2015Ordonnance 28/07/2023

    Cese de Administrador concursal

  2. Conclusión del concurso27/09/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 9 DE MADRID Proc. 540/2015Ordonnance 28/07/2023

    Auto de conclusión de concurso

  3. Conclusión del concurso31/07/2023
    ⚖️ Mercantil - 9Proc. 540/2015Juge : MARIA TERESA VAZQUEZ PIZARROOrdonnance 28/07/2023

    VER EDICTO

  4. Declaración de concurso03/10/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de MadridProc. 540/2015Ordonnance 22/09/2015

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (Lc), Anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 540/2015, por auto de 22 de septiembre de 2015 se ha declarado en concurso al deudor Concepto Servicios Empresariales, S.L., CIF: B-80006646, con domicilio en Madrid, C/ Francos Rodríguez, n.º 47, Bajo, cuyo centro de principales intereses lo tiene en Madrid. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal designada, don Pedro Manuel Moreira Dos Santos, con domicilio en C/ José Abascal, n.º 55, 28033 Madrid, tfno. 917 815 040, fax 917 815 041 y correo electrónico [email protected], la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración de concurso. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 22 de septiembre de 2015.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.