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Procédure collective
DIVA EMPREN SOCIEDAD LIMITADA
CIF B55585327Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 21/10/2017 → 19/11/2020
- Procédure
- 514/2017
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE TARRAGONA · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Tarragona
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal19/11/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE TARRAGONA Proc. 514/2017Juge : GERARD RIBERA TOMASOrdonnance 28/09/2020
ACUERDA que la retribución a percibir por el Administrador Concursal D. JOSÉ RAMÓN TORTAJADA MONLLOR asciende a 760 euros IVA incluido. Vid. resolución anexa
- Otro acto concursal19/11/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE TARRAGONA Proc. 514/2017Juge : JUAN JOSE HURTADO YELOOrdonnance 31/07/2020
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- Conclusión del concurso19/11/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE TARRAGONA Proc. 514/2017Juge : GERARD RIBERA TOMASOrdonnance 28/09/2020
ACUERDA que la retribución a percibir por el Administrador Concursal D. DAVID GÓMEZ ZARAGOZA asciende a 1.544,18 euros IVA incluido. Vid resolución anexa
- Declaración de concurso21/10/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de TarragonaProc. 514/2017Ordonnance 02/10/2017
Don Joan Holgado Esteban, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Tarragona, Por el presente hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 514/2017-3 de concurso de la mercantil DIVA EMPREN, S.L., se ha dictado en fecha 17-10-17 auto que aclaración del auto de declaración del concurso de fecha 19-9-17 y que fue publicado en el BOE el 2 de octubre de 2017, en el n.º 237, Sección IV y página 69.945, siendo objeto de aclaración el CIF de la mercantil concursada, resultando el correcto el n.º B55585327 y computándose nuevamente el plazo de comunicación de créditos por parte de los acreedores a partir de la publicación del presente edicto. Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente. Tarragona, 17 de octubre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.