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Procédure collective
CONFECCIONES E.MA-FI SA
CIF A08406126Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 07/05/2013 → 16/12/2020
- Procédure
- 126/2013
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal16/12/2020⚖️ MADRIDProc. 126/2013Ordonnance 11/12/2020
Edicto Don Emilio José Zornoza Arana, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil nº 3, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento Concurso Abreviado 126/2013 de la mercantil CONFECCIONES EMAFI, S.A., con CIF A-08406126 por auto de fecha 6 de noviembre 2020 se ha declarado concluso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3. 2º.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso. 3º.- Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el artículo 178.3, declarar su extinción. Madrid, 11 de diciembre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Don Emilio José Zornoza Arana.
- Otro acto concursal07/05/2013⚖️ MADRIDProc. 126/2013Ordonnance 11/04/2013
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 126/2013, con NIG 28079100020132013, por auto de 11 de abril de 2013 dictado por el Magistrado don Antonio Pedreira González, se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Confecciones E.Ma-Fi, S.A., con CIF A-08406126, y con domicilio social en el c/ Centro, n.º 4, local B, Móstoles. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artículo 85 de la LC. La comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por la Administración Concursal don Carlos Rodríguez Conde, c/ San Bernardo, n.º 20, 1.ª planta, 28015 Madrid, y en el correo electrónico [email protected] No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado. 4.º El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado, indicando que el Registro Público Concursal no está desarrollado reglamentariamente. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 15 de abril de 2013.- Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.