Accueil›Justice›CONFECCIONES SANGUESA SL EN LIQUIDACION
Procédure collective
CONFECCIONES SANGUESA SL EN LIQUIDACION
CIF B15557234Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 31/03/2011 → 02/02/2015
- Procédure
- 108/2011
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de A Coruña
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal02/02/2015⚖️ A CORUÑAOrdonnance 19/06/2014
Edicto El Juzgado de lo Mercantil numero dos de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia: Que en el procedimiento número 108/11, por auto de 19 de junio de 2014 se ha acordado la conclusión y archivo del proceso concursal de CONFECCIONES SANGÜESA, S.L., con CIF número B-15557234 y domicilio social en calle La Ermita, 21, bajo, y ello por insuficiencia de masa activa. A Coruña, 25 de junio de 2014.- La Secretaria.
- Otro acto concursal31/03/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de A CoruñaProc. 108/2011Ordonnance 22/02/2011
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 108/2011, por auto de 22 de febrero de 2011 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Confecciones Sangüesa, S.L., con CIF B15557234, con domicilio social en La Ermita, núm. 21-bajo, A Coruña, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en dicha localidad. 2.º Que el deudor declarado en concurso conservará las facultades de administración y disposición de su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de esas facultades a la intervención del administrador concursal, mediante su autorización o conformidad. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). 5.º Que ha sido nombrado administrador concursal único el letrado D. Ricardo López Mosteiro. A Coruña, 9 de marzo de 2011.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.