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Procédure collective

CONGELADOS SALCEDO SL EN LIQUIDACION

CIF B38556478Voir la fiche société

Publications
415/01/201325/10/2023
Procédure
49/2012 · 3/2009
Tribunal
Mercantil - 1

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso25/10/2023
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 49/2012Juge : GUZMÁN ELISEO SAVIRÓN DÍEZOrdonnance 23/10/2023

    ...Se declara la CONCLUSIÓN del concurso de CONGELADOS SALCEDO S.L. , CIF B38556478, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, con los siguientes efectos:...

  2. Otro acto concursal05/09/2023
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 49/2012Juge : GUZMÁN ELISEO SAVIRÓN DÍEZOrdonnance 01/09/2023

    ...Que en el procedimiento Concursal 49/2012, de la entidad CONGELADOS SALCEDO, S.L. con CIF B38556478 se ha dictado diligencia de ordenación de fecha 01/09/2023, sobre RENDICIÓN DE CUENTAS, del tenor literal siguiente:...

  3. Declaración de concurso10/03/2014
    ⚖️ SANTA CRUZ DE TENERIFEProc. 49/2012Ordonnance 06/02/2014

    Cédula de Notificación. Don Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número uno de los de Santa Cruz de Tenerife. Hago Saber: Que en el procedimiento Concursal Ordinario número 49/2012, de la entidad Congelados Salcedo, S.L. con CIF B38556478 se ha dictado Auto de fecha 6 de febrero de 2014, por doña Ana Fernández Arranz, Magistrada-Juez cuyos puntos principales de su parte dispositiva, es del tenor literal siguiente: "Haber lugar a la aprobación del plan de liquidación presentado por la Administración concursal con las precisiones mencionadas. En todo lo no previsto se estará a las normas supletorias del artículo 149 y siguientes de la Ley Concursal, se acuerda el alzamiento de los embargos anteriores a la declaración de concurso. Con testimonio de la presente incóese la sección 6 de calificación y emplácese por diez días a cualquier interesado en personarse en dicha sección desde la última publicación. Contra la presente resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo establecido en el artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Así lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe". Y para que sirva de notificación –emplazamiento a todos los interesados- acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita (de conformidad con la nueva redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009), extiendo y firmo la presente. Santa Cruz de Tenerife, 17 de febrero de 2014.- El Secretario judicial.

  4. Otro acto concursal15/01/2013
    ⚖️ SANTA CRUZ DE TENERIFEProc. 3/2009Ordonnance 10/12/2012

    Cédula de notificación. Don Guzmán Eliseo Savirón Diez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife, Hago Saber: Que en el procedimiento Concurso Ordinario 49/12, se ha dictado auto de fecha 10 de diciembre de 2012, cuyos puntos principales de su parte dispositiva, son del tenor literal siguiente: "…. Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario abreviado a Congelados Salcedo, Sociedad Limitada, CIF B38556478 y se declara abierta la fase común del concurso….. Se nombra al Abogado don Rubén González Nasser, miembro único de la Administración concursal, quien además de las facultades legalmente previstas, deberá prestar su autorización o conformidad a los actos de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor realice éste, al acordarse la intervención de dichas facultades, en los términos del artículo 40 de la Ley Concursal …..Llámese, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.5.º y 85 de la Ley Concursal -redacción dada por Ley 38/11 de 10 de octubre-, a todos los acreedores de la Entidad-deudora, para que en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la publicación acordada en este Auto (Boletín Oficial del Estado), comuniquen a la Administración Concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El domicilio y la dirección electrónica serán únicos y deberán ser puestos en conocimiento del juzgado por la administración concursal al tiempo de la aceptación del cargo …. La personación de los acreedores tendrá lugar por escrito firmado por Letrado y Procurador presentado en el Decanato, conforme al artículo 184 Ley Concursal….. Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno (artículo 14.3 Ley Concursal, sensu contrario) …. Así lo dispone, manda y firma Doña Ana Fernández Arranz Magistrada Juez del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife; doy fe…..". Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este juzgado y su publicación Gratuita en el Boletín Oficial del Estado (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo), se pone en conocimiento, a todos sus efectos, que el administrador concursal de este procedimiento es don Rubén González Nasser, con D.N.I. número 43777777Z, de profesión Abogado y domicilio en calle Sabino Berthelot 27, 2.º B, 38003 Santa Cruz de Tenerife, teléfono número 922240076 y fax número 922240095 y correo electrónico; [email protected] Santa Cruz de Tenerife, 17 de diciembre de 2012.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.