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Procédure collective

CONSERVAS RABINAD SA

CIF A50091032Voir la fiche société

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301/08/201222/04/2013
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza

Chronologie du dossier

  1. Apertura de liquidación22/04/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de ZaragozaOrdonnance 07/03/2013

    D.ª Milagros Alcón Omedes, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza, anuncia: Que en el Sección I Declaración Concurso Necesario Abreviado relativo a la sociedad Conservas Rabinad, S.A., CIF A 50091032, con domicilio en Carretera de Maella, número 12, Caspe (Zaragoza), se ha dictado con fecha 7 de marzo de 2013 Decreto, acordando la apertura de la fase de liquidación y se han acordado los siguientes extremos: 1.- Abrir la fase de liquidación, se acuerda la disolución de la sociedad Conservas Rabinad, S.A., CIF A 50091032, con domicilio en Carretera de Maella, número 12, Caspe (Zaragoza). 2.- Quedan en suspenso las facultades de administración y disposición de la administración societaria, siendo sustituidos por la administración concursal con los efectos establecidos en el Título III de la LC. 3.- Se declaran vencidos los créditos concursales aplazados consistentes en dinero, así como la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones. 4.- Requerir a la administración concursal para que en plazo de diez días, computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148.1 de la LC. Zaragoza, 7 de marzo de 2013.- La Secretaria Judicial.

  2. Otro acto concursal08/12/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n. 2 de ZaragozaOrdonnance 14/11/2012

    Doña Milagros Alcón Omedes, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil n. 2 de Zaragoza, anuncia: 1. Que en el Sección I Declaración Concurso 0000173/2012, referente al deudor Conservas Rabinad, S.A., CIF A 50091032, con domicilio en Carretera de Maella, número 12, Caspe (Zaragoza), se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa. 2. Dentro del plazo de 10 días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial. 3. Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC). Zaragoza, 14 de noviembre de 2012.- La Secretaria Judicial.

  3. Declaración de concurso01/08/2012
    ⚖️ ZARAGOZAOrdonnance 12/07/2012

    Doña Milagros Alcón Omedes, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza, por el presente, Hago saber: 1- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I declaración concurso 0000173/2012, Conservas Rabinad, S.A., CIF A 50091032 se ha dictado con fecha 12 de julio de 2012 Auto de declaración de concurso, necesario abreviado. NIG.-50297 47 1 2010 0000557. 2.- Carácter del concurso: Necesario abreviado. 3.- Fecha de declaración: Doce de julio de dos mil doce. 4.- Deudor en concurso: Conservas Rabinad, S.A., CIF A 50091032, con domicilio en Carretera de Maella, número 12, Caspe (Zaragoza). 5.- Facultades de administración: Suspendidas. Don Santiago Manuel Oliveros Lapuerta 6.- Administración concursal: Don Santiago Manuel Oliveros Lapuerta, Paseo Independencia 8 duplicado, segundo, 50004 Zaragoza. [email protected] 7.- Plazo de comunicación de créditos: 15 días, directamente a la administración concursal en la dirección postal o electrónica que figuran en el punto anterior. Zaragoza, 20 de julio de 2012.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.