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Procédure collective

CONSFERTO SL

CIF B07329717Voir la fiche société

Passif 266.505 €Actif 1073 €
Publications
408/03/201115/06/2021
Procédure
37/2011
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PALMA · Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Palma

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal15/06/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PALMA Proc. 37/2011Ordonnance 10/06/2020

    Cese de Administrador concursal

  2. Conclusión del concurso25/11/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PALMA Proc. 37/2011Juge : FRANCISCO CANO MARCOOrdonnance 10/06/2021

    RETRIBUCION DEFINITIVA

  3. Conclusión del concurso25/06/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de PalmaProc. 37/2011Ordonnance 10/06/2020

    Don Juan Enrique Tévar Fernández, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Palma, por el presente, Hago saber: Que en este órgano judicial se tramita el concurso 37/2011 en el que se ha dictado, con fecha de 10 de junio de 2020, auto de conclusión del concurso voluntario de la entidad Consferto, S.L., con C.I.F. B07329717, habiéndose aprobado en el citado auto la rendición de cuentas presentada por la administración concursal, quedando la misma de manifiesto en esta Oficina Judicial. Palma de Mallorca, 16 de junio de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Juan Enrique Tévar Fernández.

  4. Declaración de concurso08/03/2011
    ⚖️ PALMA DE MALLORCAOrdonnance 10/02/2011

    Don Enrique Díaz Revorio, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber: Primero.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº Sección I Declaración Concurso 37/11, se ha dictado a instancias de Consferto, S.L. en fecha 10 de febrero de 2011 Auto de Declaración de Concurso voluntario del deudor Consferto, S.L. CIF B-07329717. Segundo.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición. Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose, en todo caso, originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal). Palma de Mallorca, 10 de febrero de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.