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Procédure collective

Que en el procedimiento concursal número 822/2011 referente al concursado Construcciones Arbosan, S.L., con DNI

CIF B95610160Voir la fiche société

Publications
210/12/201123/06/2012
Procédure
822/2011

Chronologie du dossier

  1. Apertura de liquidación23/06/2012
    ⚖️ BILBAOProc. 822/2011Ordonnance 13/06/2012

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia) anuncia: Que en el procedimiento concursal número 822/2011 referente al concursado Construcciones Arbosan, S.L., con DNI B956101606, por auto de fecha 13/06/2012 se ha acordado lo siguiente: Primero. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. Segundo. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. Tercero. Se ha declarado disuelta la mercantil Construcciones Arbosan, S.L. cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal. Cuarto. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Bilbao, 13 de junio de 2012.- El Secretario Judicial.

  2. Otro acto concursal10/12/2011
    ⚖️ BILBAOProc. 822/2011Ordonnance 25/11/2011

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero. Que en el procedimiento número 822/2011, por auto de 25-11-2011, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Construcciones Arbosan, Sociedad Limitada, con NIF B956101606, con domicilio en Calle Carretera Zorroza a Castresana, número 42 3-309, 48013 Bilbao y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Bilbao. Segundo. Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero. Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Cuarto. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Bilbao, 25 de noviembre de 2011.- El/La Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.