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Procédure collective

CONSTRUCCIONES BURON VILLA SL

CIF B24078644Voir la fiche société

Publications
121/09/201221/09/2012
Procédure
233/2012

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso21/09/2012
    ⚖️ LEÓNProc. 233/2012Ordonnance 10/09/2012

    Edicto. Doña Belén Iglesias Refoyo, Secretaria Judicial del Juzgado de 1.ª Instancia número 8 y Mercantil de Léon, Por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración Concurso 233/2012 y CIF número B-24078644 se ha dictado en fecha 10 de septiembre de 2012 Auto de Declaración de Concurso del deudor Construcciones Buron Villa, S.L., con domicilio en León, calle Cantareros, número 11, ático. 2.º Se ha acordado que las facultades de administración y disposición que el administrador único de la concursada, conservará el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio de aquella, quedando sometido en su ejercicio a la intervención de la administración concursal, mediante su autorización o conformidad. 3.º Se ha designado, como administrador concursal al Titulado Mercantil, Emiliano Montero García, con domicilio profesional en calle XVII, 2 bis, de Las Matas (Madrid), y dirección electrónica [email protected], señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado". 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador asistidos de Letrado, no siendo precisa la intervención de dichos profesionales para la comunicación de créditos. León, 18 de septiembre de 2012.- La Secretaria judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.