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Procédure collective

CONSTRUCCIONES EUROPROYECT 2004 SL

CIF B84054212Voir la fiche société

Publications
215/12/200908/09/2014
Procédure
19/2009
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso08/09/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 19/2009Ordonnance 29/07/2014

    Doña María Luisa Pariente Vellisca, Secretaria judicial en sustitución del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, Hago saber: Que en este Juzgado de lo mercantil se tramita procedimiento concursal n.º 19/2009 instado por el Procurador don Fernando Ramiro Meiras Santiago, en nombre y representación de CONSTRUCCIONES EUROPROYECT 2004, S.L., con CIF: B-84054212, en el cual se ha dictado Auto con fecha 24.7.2014, acordando la conclusión del concurso, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Estimando la petición deducida por la administración concursal, a la que no se ha opuesto ni la concursada ni personados, debo acordar y acuerdo la conclusión del concurso voluntario de CONSTRUCCIONES EUROPROYECT 2004, S.L., consignado bajo el n.º 19/2009 que fue declarado por Auto de fecha 9.9.2009, por inexistencia de bienes y derechos para satisfacer los créditos contra la masa, cesando el régimen de intervención de facultades sobre la concursada, quedando la deudora responsable del pago de los créditos restantes y pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares, todo ello sin perjuicio de la posible reapertura del concurso ante la aparición de bienes o derechos. Acuerdo la extinción de CONSTRUCCIONES EUROPROYECT 2004, S.L., y dispongo la cancelación de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase mandamiento, conteniendo testimonio de la resolución firme. Debo acordar y acuerdo el cese en su cargo de la Administración concursal en su día nombrada. Notifíquese este Auto según lo dispuesto a las partes personadas, previniese de que contra él mismo no cabe recurso, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 177.1.L.C. Dese cumplimiento al art. 177.3 LC; La resolución firme que acuerde la conclusión del concurso se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24. Madrid, 29 de julio de 2014.- La Secretaria judicial.

  2. Otro acto concursal15/12/2009
    ⚖️ MADRIDOrdonnance 02/12/2009

    Edicto Doña Josefina Elena Enrech Verde, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid, anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal número 19/09 referente al deudor Construcciones Europoryect 2004, S.L. con CIF: B-84054212 se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.- Dentro del plazo de cinco días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios del Juzgado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador. Madrid, 2 de diciembre de 2009.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.