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Procédure collective

CONSTRUCCIONES LEVANTE MODULAR XXI SL

CIF B50814631Voir la fiche société

Publications
219/09/201205/05/2018
Procédure
490/2008
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Zaragoza anuncia:

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso05/05/2018
    ⚖️ ZARAGOZAOrdonnance 20/04/2018

    D.ª Elena Victoria Buil Torralba, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, hago saber: Primero. Que en el concurso ordinario y voluntario número 490/08-C frente al deudor "Construcciones Levante Modular XXI, S.L.", C.I.F. B50814631, se ha dictado el 20 de abril de 2018 Auto de conclusión por finalización de la liquidación. Segundo. En dicho Auto, se ha acordado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición de los deudores hasta ahora subsistentes, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal y se ha acordado el cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil respecto de la mercantil "Construcciones Levante Modular XXI, S.L." Tercero. Contra el Auto de conclusión no cabe recurso. Zaragoza, 20 de abril de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Apertura de liquidación19/09/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Zaragoza anuncia:Proc. 490/2008Ordonnance 28/06/2012

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Zaragoza anuncia: Que en el procedimiento concursal número 490/2008-C referente al concursado Construcciones Levante Modular XXI, S.L, con CF B50814631 por auto de fecha 28/06/12 se ha acordado lo siguiente: 1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición de la administración concursal. 2. La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3. Se ha declarado disuelta la mercantil Construcciones Levante Modular XXI S.L, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. Zaragoza, 28 de junio de 2012.- El/La Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.