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Procédure collective

CONSTRUCCIONES M. RIMADA SL

CIF B33807413Voir la fiche société

Publications
215/12/201218/12/2020
Procédure
252/2012
Tribunal
MERCANTIL - 3

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso18/12/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 252/2012Juge : RAFAEL ABRIL MANSOOrdonnance 02/12/2020

    Auto conclusión concurso por inexistencia de bienes y derechos de la concursada ni de terceros responsables

  2. Declaración de concurso15/12/2012
    ⚖️ GIJÓNOrdonnance 20/11/2012

    Edicto. Don Miguel Ángel Álvarez Turanzas, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Gijón, por el presente, Hago saber: 1. Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración Concurso 0000252/2012 y NIG número 33024 47 1 2012 0000228, se ha dictado en fecha 20 de noviembre de 2012 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor Construcciones M. Rimada, Sociedad Limitada, con CIF: B-33807413, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Gijón, Travesía del Convento, número 1, bajo. 2. Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado como administración concursal a Jesús Riesco Milla, con domicilio en calle Melquiades Álvarez, 17, plantas 1 y 2, 33003 Oviedo. Teléfono: 985205470. Fax: 985209603. Correo electrónico: [email protected]. Horario de atención al público: De lunes a jueves de 9.00 a 14.00, y de 16.00 a 19.30 horas. Viernes de 9:00 a 14:00 horas. Para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3. Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Gijón, 20 de noviembre de 2012.- El/la Secretario/a Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.