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Procédure collective
CONSTRUCCIONES MENUT GRISO, SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION
CIF B07739923Voir la fiche société →
- Publications
- 1 — 31/03/2012 → 31/03/2012
- Procédure
- 03/2012
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º1 de Palma de Mallorca
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso31/03/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º1 de Palma de MallorcaProc. 03/2012Ordonnance 28/03/2012
D. Enrique Díaz Revorio, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber: 1º.-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 159/12 y NIG n.º 07040 47 1 2012 0000250 se ha dictado en fecha 19/03/12 Auto de declaración de concurso del deudor Construcciones Menut Griso, S.L., con CIF B-07739923, cuyo centro de intereses principales lo tiene en c/ Historiador José Clapés, 2, 3.º, Ibiza. 2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada. 3º.- Que el Abogado nombrado administrador concursal, D. Miguel Tulles Roder, con D.N.I. número X0538487B, en fecha 28/03/2012, ha aceptado el cargo. 4º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal Avda. Isidoro Macabich, 39-2.º A, de Ibiza o dirección de correo electrónico [email protected], en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal). 6º.- Que en el mismo Auto en el que se ha declarado el concurso se ha acordado, a instancia de la concursada, la apertura de la fase de liquidación. Palma de Mallorca, 28 de marzo de 2012.- El Secretario judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.