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Procédure collective
CONSTRUCCIONES ORGOLAK 2000 SL
CIF B20663662Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 19/11/2009 → 22/04/2010
- Procédure
- 441/2009
Chronologie du dossier
- Apertura de liquidación22/04/2010⚖️ SAN SEBASTIÁNProc. 441/2009Ordonnance 12/04/2010
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián, Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 441/2009 referente al concursado "Construcciones Orgolak 2000, Sociedad Limitada", con DNI B20663662, por auto de fecha 12 de abril de 2010 se ha acordado lo siguiente: Primero.–Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. Segundo.–Continuar en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. Tercero.–Se ha declarado disuelta la mercantil "Construcciones Orgolak 2000, Sociedad Limitada", cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal. Cuarto.–La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Donostia-San Sebastián, 12 de abril de 2010.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal19/11/2009⚖️ SAN SEBASTIÁNProc. 441/2009Ordonnance 13/10/2009
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 441/2009, por auto de 13 de octubre de 2009 se ha declarado en concurso necesario al deudor "Construcciones Orgolak, Sociedad Limitada" con NIF B20663662, con domicilio en calle Portuetxe, número 59 2D - Donostia y cuyo centro de principales intereses lo tiene en San Sebastián. Segundo.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). En Donostia-San Sebastián, 13 de octubre de 2009.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.