Accueil›Justice›CONSTRUCCIONES PINEÑO SOCIEDAD ANONIMA
Procédure collective
CONSTRUCCIONES PINEÑO SOCIEDAD ANONIMA
CIF A48263180Voir la fiche société →
- Publications
- 7 — 08/12/2010 → 22/01/2021
- Procédure
- 837/10 · 837/2010
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BILBAO · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao · MERCANTIL - 2
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal22/01/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BILBAO Proc. 837/10Juge : LORETO CAMPUZANO CABALLEROOrdonnance 18/12/2020
D. CONCURSADO QUEDA SUSPENDIDO DE LAS FACULTADES DE ADMINSITRACION Y DISPOSICIÓN SOBE SU PATRIMONIO Y ES SUSTITUIDO POR LA ADMNISTARACION CONCURSAL.
- Otro acto concursal24/12/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de BilbaoProc. 837/2010Ordonnance 18/12/2020
EDICTO El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 837/2010 en el que figura como concursado/a Construcciones Piñeno, S.A., CIF A48263180, se ha dictado el día de hoy auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa. La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y de disposición del deudor y el cese de la Administración Concursal. Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora. Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno Bilbao, 18 de diciembre de 2020.- El letrado de la Administración de Justicia, Jaime Mourenza.
- Conclusión del concurso21/12/2020⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 837/2010Juge : OLGA AHEDO PEÑAOrdonnance 18/12/2020
AUTO DE CONCLUSIÓN DE CONCURSO
- Otro acto concursal29/07/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BILBAO Proc. 837/10Juge : LETRADA DE LA ADMINSTRACION DE JUSTICIA ANA ISABEL GONZALEZ PEINADOOrdonnance 18/12/2020
1.- Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor GARDEN FRUIT S.L.. 2.- Abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.
- Conclusión del concurso29/07/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BILBAO Proc. 837/10Juge : VICTOR HEREDIA DEL REALOrdonnance 18/12/2020
AUTO CONCLUSION CONCURSO Y ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES POR INSUFICIENCIA DE MASA ACTIVA
- Apertura de liquidación16/06/2011⚖️ BILBAOOrdonnance 27/05/2011
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), anuncia: Que en el procedimiento concursal número 837/10 referente al concursado Construcciones Pineño, S.A., con Nif A48263180, por auto de fecha 27 de mayo de 2011 se ha acordado lo siguiente: 1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3.- Se ha declarado disuelta la mercantil Construcciones Pineño, S.A., cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal. 4.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del juzgado y en el Boletín Oficial del Estado cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Bilbao (Bizkaia), 31 de mayo de 2011.- El Secretario Judicial.
- Otro acto concursal08/12/2010⚖️ BILBAOOrdonnance 17/11/2010
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia. 1.º-Que en el procedimiento número 837/10, por auto de 17 de noviembre de 2010, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Construcciones Pineño, S.A., con CIF A48263180, con domicilio en calle Autonomía, número 28-3.º B, Bilbao (Bizkaia) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Bilbao. 2.º-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). En Bilbao (Bizkaia), 17 de noviembre de 2010.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.